Publicidad
Publicidad

Nueva ley va contra todos los tipos de extorsión y homologa sanciones

La legislación busca dar instrumentos para apuntalar la estrategia contra la extorsión anunciada por la administración de Claudia Sheinbaum Pardo.
mié 29 octubre 2025 05:00 PM
Seguridad Limoneros Michoacán
Michoacán es una de las entidades más afectadas por las extorsiones en México. (Foto: Cuartoscuro)

La Cámara de Diputados aprobó una nueva Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, que aún deberá pasar por el Senado, pero se plantea como el soporte legal de la estrategia contra ese delito que comenzó a aplicar el gobierno federal desde julio.

La nueva legislación busca unificar en todo el país el tipo penal y abarcar todas las modalidades bajo las cuales se comete ese ilícito, por ejemplo el cobro de piso o montachoques; delimitar responsabilidades de investigación y homologar las sanciones, mismas que, si se configuran las nuevas agravantes, podrá castigarse con hasta 25 años de prisión.

Publicidad

Además de la nueva Ley se reformaron el Código Penal Federal, del Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley Nacional de Extinción de Dominio y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Esas modificaciones adicionales se hicieron para incluir al delito de extorsión entre los que ameritan prisión preventiva oficiosa y establecer que en las investigaciones sobre ese ilícito podrá autorizarse la intervención de comunicaciones privadas a solicitud del Ministerio Público local.

Respecto a la nueva Ley estos son los principales cambios:

¿Cuál será el tipo penal único de la extorsión en todo el país?

En el artículo 15 de la nueva ley se establece un tipo penal básico de extorsión que será aplicable para toda la República.

Incurrirá en extorsión “quien sin derecho, obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un beneficio o lucro, para así, o para otro, causando a alguien, un daño o perjuicio patrimonial, moral, físico o psicológico”.

Nuevas agravantes para el delito de extorsión

Se delinearon 34 agravantes de ese delito, divididas en tres categorías según el bien jurídico afectado, y según esa clasificación aumentará la sanción a imponer.

La pena aumentará hasta en una tercera parte cuando se presente la primera categoría de agravantes:

Conductas relacionadas con daños patrimoniales o que contemplen una menor lesividad en comparación con las otras agravantes, entre ellas: el cobro de piso, la imposición de precios a productos, bienes o servicios, la utilización del sistema financiero y cuando la conducta se comenta en contra de personas candidatas a un cargo de elección popular.

La sanción de cárcel aumentará de una tercera parte hasta una mitad, cuando ocurra la segunda categoría de agravantes:

La extorsión se cometa en contra de personas migrantes, menores de 18 años, en estado de embarazo o mayor de 60 años de edad; cuando se coaccione a la víctima con el uso de información privada o el sujeto activo (presunto responsable) tenga una relación de confianza, entre otras

Se incrementará la pena, de la mitad hasta dos terceras partes más, en el caso de que se configure la tercera categoría:

Conductas que implican una grave afectación a la integridad de la víctima, el carácter de quien comete el delito (esté armado o en un centro de reclusión, por ejemplo); haya impacto económico y social, entre ellas, el uso de violencia física, moral o psicológica y la simulación de un hecho de tránsito (-monta choques-).

También está en esa categoría cuando se cometa por una persona servidora o exservidora pública, intervengan personas armadas y se utilicen a personas menores de edad o se afecte de manera directa la economía de alguna entidad federativa (por ejemplo daños a comercios).

Además se estableció que los sentenciados por extorsión no tendrán acceso a beneficios preliberacionales ni a la conmutación de la pena, salvo en casos excepcionales de “colaboración eficaz con la justicia”.

¿Qué pasará con quien ayude a extorsionadores?

La nueva legislación establece sanciones no sólo a extorsionadores sino a quienes participen en la cadena de ese delito:

A quienes faciliten, cooperen o auxilien dolosamente a extorsionar; a quien introduzca o intente introducir a un centro penitenciario algún dispositivo electrónico o sus componentes

Publicidad

También se castigará a quien divulgue información confidencial de la investigación o cuando servidores públicos se abstengan de denunciar el delito cuando tengan conocimiento de él. En este caso la prisión será de cinco años (la menor penalidad establecida en la nueva ley) y hasta doce años.

Esta modificación fue promovida de última hora por Morena, Partido Verde, una parte del Partido del Trabajo (PT) y respaldo de Movimiento Ciudadano, pues la iniciativa presidencial propuso que el castigo fuera mayor al de los extorsionadores: de 10 y hasta 20 de cárcel.

¿Puede denunciarse anónimamente un a extorsión?

Cualquier persona que sufra una extorsión podrá presentar una denuncia en el número 089.

Se crea el Centro de Atención a Denuncias por el Delito de Extorsión (Centro), adscrito a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, para la recepción, registro, canalización, atención y seguimiento de denuncias presentadas, a través del número telefónico único.

La ley no habla específicamente de anonimato en las denuncias, pero sí de resguardo de la identidad de los denunciantes.

Se deberá garantizar –indica- la reserva de identidad en las actuaciones judiciales, “evitando la exposición de datos sensibles” o mediante el uso de mecanismos de disociación o anonimización que imposibiliten la identificación visual o auditiva durante las diligencias.

Los denunciantes podrán participar en diligencias a distancia, mediante el uso de tecnologías.

Las notificaciones que deban dirigirse a la víctima “podrán canalizarse a través de la persona asesora jurídica o del Ministerio Público, con el objeto de evitar todo contacto directo con los responsables del delito”.

¿Quién investigará la extorsión?

La Ley busca eliminar el conflicto de competencias que existe entre la Federación y las entidades.

Se indica que será responsabilidad federal cuando lo marque la Ley Orgánica del Poder Judicial o Código Penal, por ejemplo cuando involucre delincuencia organizada.

También lo será por atracción o cuando exista alguna sentencia de organismo internacional de derechos humanos o cualquier otro tratado internacional. En todos los demás casos será de competencia local.

La Fiscalía General de la República se coordinará con fiscalías locales, toda autoridad está obligada a entregar información que se le requiera y a cooperar.

Publicidad

Serán las Unidades Especializadas contra el secuestro las que deberán asumir las investigaciones sobre extorsión.

“En materia de investigación la policía actuará bajo el mando y conducción del Ministerio Público, con apoyo de personal pericial especializado y con acceso a mecanismos de inteligencia, así como a técnicas de investigación bajo control judicial”.

Estas últimas son por ejemplo la intervención de comunicaciones o la revisión de información bancaria o bien toma de muestras de voz, fluidos o geolocalización. Además deberán realizarse investigaciones en redes sociales, mensajería instantánea o plataformas digitales de los presuntos responsables.

También se prevén mecanismos previstos para la prevención, entre ellos que las personas directoras de los centros penitenciarios deberán garantizar que las personas sentenciadas por el delito de extorsión no tengan acceso a medios digitales o electrónicos.

Además tendrán que contar con “procedimientos y tecnologías que inhiban la entrada y salida de llamadas de telefonía celular, de radiocomunicación y de transmisión de voz, datos o imágenes dentro de su perímetro”.

¿Desde cuándo entra en vigor nuevo tipo penal y penas?

En el régimen transitorio de la Ley se establece que para las personas que tienen pendiente su sentencia por extorsión deberá tomarse en cuenta el nuevo tipo penal. Para quienes ya tengan sentencia el juez de ejecución podrá considerar la revisión de las penas “siempre que la conducta, modalidades o agravantes proceda y resultase en su beneficio”.

Es decir, sí podrán salir antes quienes ya purguen una pena de siete años de cárcel -que es el mínimo en seis entidades- pues a nivel nacional se propone mínimo seis años.

Se establece que seis meses después de la entrada en vigor de la ley entrará en funciones el Centro de Atención a Denuncias.

En ese plazo las entidades deberán armonizar sus marcos jurídicos y los centros penitenciarios deberán establecer procedimientos y tecnologías de inhibición de entrada y salida de llamadas de telefonía celular, de radiocomunicación, de transmisión de voz, datos o imagen.

¿Cuánto costará operar la nueva ley?

Aunque en la nueva ley se crea el nuevo Centro y se ordena un registro, los diputados consideraron que no hay impacto presupuestal y todo se puede hacer con lo ya presupuestado.

Sin embargo el Centro de Estudios de la Finanzas Públicas estimó que una iniciativa casi igual presentada por el PAN si requeriría 651.9 millones de pesos y la operación de un Registro Nacional de Extorsión, como lo propuso en otra iniciativa la morenista Dolores Padierna, implicaría 20.2 millones de pesos.

La Ley establece que habrá “restitución de derechos y reparación del daño a víctimas de extorsión y será con cargo a los recursos obtenidos de los procedimientos de extinción de dominio, en los términos establecidos en la legislación correspondiente”.

Es decir quienes sufran afectaciones a su persona o bienes por extorsionadores no accederán a los recursos previstos para víctimas del delito, ni se considerarán para restituir sus pérdidas los bienes incautados a quienes cometan ese delito.

Además se ordena que los centros de reclusión cuenten con tecnología para inhibir señales e impedir llamadas de telefonía celular, de radiocomunicación y de transmisión de voz, datos o imágenes dentro de su perímetro, pero no se ordena dotar presupuesto para ello.

Newsletter

Los hechos que a la sociedad mexicana nos interesan.

Publicidad

MGID recomienda

Publicidad