El año pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales reformas a cuatro leyes en materia de GN en las que, a propuesta de López Obrador, la mayoría de Morena y aliados habían autorizado el traslado administrativo, presupuestario, orgánico, funcional y de mando de la Guardia Nacional, de la Secretaría de Seguridad, a la Sedena.
La decisión de la Corte se debió a que expresamente la Constitución ordena que la GN debe ser civil.
Por eso ahora el presidente propuso directamente cambiar 12 artículos de la Constitución para darle a esa institución un mando militar con todas sus consecuencias administrativas, presupuestales y operativas.
¿En qué consiste la nueva reforma de la Guardia Nacional?
En proyecto de decreto, avalado este miércoles en reunión semipresencial de la Comisión presidida por el diputado Juan Ramiro Robledo (Morena), reforma los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Constitución Política, y deriva de una iniciativa presentada por el titular del Poder Ejecutivo el pasado 5 de febrero y considera diversas iniciativas de diputadas y diputados.
En la iniciativa se contempla que la Federación contará con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar y marino con formación policial, dependiente de la secretaría del ramo de Defensa Nacional, para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.
Indica además que el Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno, incluida la Guardia Nacional, deben coordinarse entre sí para cumplir con los fines de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Se estipula que el Congreso tendrá la facultad para expedir leyes que regulen y establezcan requisitos y límites para la participación del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en materia de seguridad interior y en tareas de apoyo a la seguridad pública.
Mientras que el Senado de la República, o en su caso la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, se encargará de ratificar el nombramiento de los jefes superiores de la Guardia Nacional que proponga el presidente de la República.
La propuesta de cambios al artículo 89 de la Constitución fracción VII, establece además que ahora los elementos de la Fuerza Armada permanente podrían ser enviados a operativos de seguridad, junto con la GN, por mandato presidencial.
Para ello se plantea modificar el artículo 129 y eliminar la prohibición que indica que “en tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”.
Con los cambios se permitirían ahora -se indica- “las funciones previstas en la Constitución”, por ejemplo la participación castrense en seguridad.