“Las facultades de la Dirección General de Profesiones y de las autoridades universitarias que emitieron el título profesional para llevar a cabo la anulación del registro del título profesional y revocación de la cédula de ejercicio con efectos de patente, prescriben en un periodo de cinco años contados a partir de la obtención de la cédula profesional con efectos de patente”, refiere el proyecto de reforma publicado en la Gaceta Parlamentaria.
Para efectos de la presente ley se entenderá por plagio “la apropiación indebida que se realice de ideas, manifestaciones, escritos u obras ajenas con el fin de presentarlas como propias”, agrega el texto.
En la exposición de motivos se señala que en los últimos años el plagio académico puso al descubierto, no solo la falta de regulación existente en el marco normativo, sino la imperiosa necesidad por legislar en esta materia.
“A la fecha, dos de los casos paradigmáticos son el del expresidente Enrique Peña Nieto y el de la actual ministra Yasmín Esquivel Mossa, ésta última ha sido linchada mediáticamente por la derecha machista y clasista, quien ha utilizado recursos misóginos para atacarla descarnadamente”, refiere.
En tal sentido, considera que ante la ambigüedad que hay en esa materia, algunos casos han sido sancionados y otros han quedado impunes.
Sobre los primeros, se detalla el ocurrido en 2006, cuando la Secretaría de la Función Pública retiró el tercer lugar del premio anual de Investigación sobre Corrupción en México -que organizó junto con la UNAM-, a César Vladimir Juárez Aldana, tras corroborar que cometió un plagio.
Ello, debido a que el investigador utilizó varios párrafos de la tesis doctoral de Gabriela Inés Montes Márquez, pero nunca la citó ni mucho menos le dio crédito.
Y sobre los casos que han quedado impunes, recordó el del expresidente Peña Nieto, quien plagió varios de los párrafos de su tesis para obtener el título de Licenciado en Derecho por la Universidad Panamericana.