Por la concentración de juzgados especializados en la capital y el marco geográfico aprobado por el INE, los electores de ciertas alcaldías de la CDMX elegirán a 21 juzgadores federales que llevan asuntos relevantes y tienen jurisdicción nacional, entre ellos, "laborales de asuntos colectivos", "de arraigo" y "de extinción de dominio", entre otros.
“Por la responsabilidad que adquirirán los juzgadores que sean electos para las funciones específicas de extinción de dominio, que son muy delicadas, esas candidaturas debieran estar bajo escrutinio especial”, considera la coordinadora del Programa de Justicia de México Evalúa, Susana Camacho Maciel.
Camacho Maciel alerta que ni siquiera en la plataforma "Conóceles", del Instituto Nacional Electoral (INE), es posible consultar información diferenciada sobre todos los candidatos a jueces de extinción de dominio, lo que, recalca la experta, afecta las condiciones para el voto informado.
¿Qué hace un juez especializado en extinción de dominio?
La extinción de dominio es una figura constitucional consistente en la pérdida de derechos de una persona sobre los bienes que han sido producto o son instrumento de hechos ilícitos, como la delincuencia organizada, trata de personas o delitos contra la salud, explica Efrén Chávez, académico de tiempo completo en el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM.
Este es un procedimiento basado en dos fases: la primera a cargo del Ministerio Público, quien integra la averiguación, y segunda, cuando se ejerce, en su caso, la acción de extinción de dominio, pero hasta que haya sentencia a cargo de un juez especializado.
Y ese fallo se emite mediante un procedimiento de carácter civil, diferente al penal; si se aplica la "extinción", el bien queda a cargo del Estado.
Es por esa tarea, enfatiza Camacho Maciel, que se trata de juzgadores que requieren de especialización en derecho mercantil, de extinción de dominio y derecho penal.
En cambio, los juzgadores solo tienen la especialidad “mercantil” están dedicados a atender juicios relacionados con actos de comercio, garantizar el cumplimiento de responsabilidades contractuales, valorar y resolver respecto a nulidad de cargos bancarios o el pago de seguros, entre otras funciones.
Las responsabilidades y funciones de unos y otros son distintas, a pesar de lo cual aparecerán en las boletas sin ninguna diferenciación.
Por eso, los expertos advierten que la elección de jueces federales de extinción de dominio en la CDMX ha pasado prácticamente desapercibida, lo que ha dificultado no solo distinguir a los candidatos, sino darles seguimiento, pues serán electos junto con decenas de jueces en materia mercantil cuyas tareas no serán las mismas.
Además, este tipo de jueces serán electos solamente en 4 de los 60 distritos judiciales del país: los marcados como 1, 3, 5 y 8, todos ubicados en la CDMX.
Es decir, estos juzgadores con competencia en toda la República serán votados solo por los ciudadanos asentados en el 6% del total de los distritos y únicamente podrán decidir sobre ellos 2.7 millones de ciudadanos, de un total de 99.7 millones de electores.
Este caso se asemeja al de siete juzgadores especializados, pero en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, que sólo podrán ser votados por capitalinos que viven en siete distritos.