A juicio de Amaya, actividades en materia de competencia y espectro radioeléctrico, así como supervisión de la pluralidad en los medios de comunicación, deben ser objeto de un riguroso control.
Por eso plantea que, aunque el fin de la reforma constitucional fue dar legitimidad democrática, la elección en urnas no debe comprometer la idoneidad técnica ni la imparcialidad que exige el tratamiento de temas tan "complejos y sensibles".
Por el contrario, subraya, deben reforzarse los mecanismos de control jurisdiccional y asegurar que las controversias relacionadas con la competencia económica, la radiodifusión y las telecomunicaciones sean resueltas con estricto apego a la ley, en defensa del interés público y los derechos de los usuarios.
¿Por qué no todos podrán votar por todos los cargos judiciales?
Sulub Caamal establece que, por la trascendencia de estos juzgadores, resulta cuando menos incongruente que su elección recaiga en solo una parte de los electores de la CDMX.
El también secretario de la Comisión de Derecho Administrativo de la Barra Mexicana de Abogados (BMA), considera que esa decisión del INE obedeció a criterios de operación electoral por encima de los derechos ciudadanos que se argumentaron en la Reforma Judicial.
Según determinó el INE, en la elección judicial sólo 16 juzgadores serán votados en todas las casillas del territorio nacional: las 9 personas ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), 5 magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) y 2 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Otras 15 posiciones se elegirán regionalmente, a razón de tres magistrados por cada una de las cinco circunscripciones electorales, para integrar las Salas Regionales del TEPJF.
Pero cientos de juzgadores, aunque su ámbito de jurisdicción sea por circuito (es decir, por entidad) no serán electos en todo el territorio del estado en el que competirán, sino sólo en una fracción de él, por lo regular en un distrito judicial electoral. Eso ocurrirá en 15 circuitos judiciales.
El INE, explica Sulub, aprobó el Marco Geográfico Electoral para la elección judicial y avaló también una “Propuesta de Armonización”, que tuvo como resultado “convertir” los 300 distritos electorales en que se divide el país para las elecciones ordinarias, en 60 distritos judiciales electorales.
Pero con ello, asegura el experto, el INE fraccionó de manera “ilegal” 15 de 32 circuitos judiciales, siendo que, de manera expresa, la Constitución ordenó que las elecciones judiciales se realizaran por circuito.
De acuerdo con la “armonización” avalada por el INE, habrá distritos donde se elija a dos jueces penales, otros donde se elegirá a tres; en unos se elegirá un juez de especialidad laboral, en otros dos; en unos se elegirá un juez civil y en otros ninguno; en algunos se votará un juzgador en competencia económica y en el resto a cero.
“Fue una aberración, una irregularidad, porque ni la ley electoral ni la Constitución dicen que los ciudadanos van a votar solamente por una parte de los juzgadores", sentencia el especialista.
De acuerdo con la justificación del INE, plasmada en el documento de Marco Geográfico, se optó por dividir “en fracciones o subcircuitos” aquellos circuitos judiciales en donde se elegirían más de 10 cargos.
"¿Qué querían evitar? Que haya más número de boletas y que cada boleta lleve demasiados nombres, que fue el ejercicio que denunciamos, que de haberse realizado la elección como dice la Constitución tendrían que haber sido decenas de boletas o hasta un cuadernillo, y cientos de candidatos", insiste Sulub.
“Lo que hicieron fue para bajarle: máximo serán 60 nombres por boleta y 10 cargos a elegir y para eso dividieron circuitos y el resultado es: no todos los residentes de un circuito votarán por todos los cargos”.
Otras razones que da el INE da en los documentos citados son: simplificar el diseño de documentos electorales, facilitar la emisión del voto, reducir la complejidad de los cómputos y atomizar el sufragio “al reducir las opciones por las que se tiene que elegir”.
'Elección judicial no es democracia'
Por todas estas modificaciones e interpretaciones que se dio a la Reforma judicial para hacer posible la elección, el constitucionalista e investigador de la UNAM,, Javier Martín Reyes concluye: “es una patraña la supuesta democratización del Poder Judicial”.
“Y el resultado es lo que tenemos, unos electores votarán por una parte del Poder Judicial, otra parte por otros, en una simulación de democracia”, considera.
Reyes recuerda que las funciones de los juzgadores no se ejercen en atención a un electorado distribuido territorialmente, pero la Reforma Judicial dispuso que se eligieran así, solo por la voluntad del Poder Ejecutivo.
“El caso más extremo es ese. Hay ciertos tribunales especializados, como de competencia económica que tienen jurisdicción nacional, resuelven todos los asuntos del país, pero van a ser muy poquitos electores quienes los elegirán", critica.
"Ni siquiera vamos a estar en condiciones de poder votar por las personas que nos van a juzgar o por los juzgadores cuyas sentencias nos afecten. Las clientelas electorales seguramente serán movilizadas para decidir quién queda en los cargos de interés”.