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La Corte pone a revisión la prisión preventiva oficiosa entre contrastes

El proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales, que propone eliminar la prisión preventiva oficiosa, ha confrontado al gobierno con expertos, organizaciones y el Poder Judicial.
lun 05 septiembre 2022 11:59 PM
Posiciones sobre la prisión preventiva oficiosa
El presidente se ha manifestado en contra de la propuesta de eliminar la prisión preventiva oficiosa, un proyecto del ministro de la Corte Luis María Aguilar.

El proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales que propone eliminar la prisión preventiva oficiosa, porque permite encarcelar a las personas sin que hayan sido encontradas culpables, ha sido calificado por funcionarios federales como un “atentado al Estado de Derecho”, y se ha lanzado la advertencia de que, de aprobarse, “terminará con la estrategia de seguridad” y que “provocará impunidad en el país”.

Por ello, a manera de “radiografía”, Intersecta, organización que impulsa el ejercicio de los derechos humanos, presentó un Amicus Curiae ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a fin de que se analice con datos “duros” lo que en realidad ha significado la aplicación de esa figura en México.

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Se busca con ello, que la información sirva de insumo para la discusión que tendrán los ministros este lunes 5 de septiembre, durante la sesión pública en la que se debará definir si se declara inconstitucional la prisión preventiva oficiosa, regulada en el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), indicó la organización.

“Lo que ha hecho Intersecta es procesar y analizar la información, esperando que sea de utilidad para la Suprema Corte”, anotó Estefanía Vela Barba, representante legal de Intersecta Organización para la Igualdad, A.C.

Un atentado al Estado de Derecho: la visión del gobierno

En cuanto se conoció el sentido del proyecto Luis María Aguilar sobre la prisión preventiva oficiosa, las reacciones desde el gobierno surgieron. El primero en manifestar su rechazo fue el presidente Andrés Manuel López Obrador, quien dijo que eliminar esa medida cautelar tiene la esencia de generar impunidad y corrupción.

"La esencia es que se busca impunidad y corrupción”, dijo luego de pedir al secretario de Gobernación, Adán Augusto López, y a la consejera Jurídica, María Estela Ríos, presentar argumentos por los que considera que no debería eliminarse la prisión preventiva oficiosa.

De su lado, el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, y la consejera jurídica, María Estela Ríos González, entregaron en la Corte la posición del gobierno federal sobre la obligatoriedad de la esa figura.

De acuerdo al titular de Gobernación, si se acotara la prisión preventiva, se estaría terminando con toda la estrategia de seguridad del país y “eso no los merecen los mexicanos”.

El pasado viernes, en su conferencia matutina el subsecretario de Seguridad Pública, Ricardo Mejía, alertó que eliminar esa figura erigirá al Judicial como un Poder Constituyente, además de que más de 92,000 personas hoy presas, podrían quedar en libertad.

"Si se elimina la prisión preventiva, como lo pretenden los proyectos hoy en discusión en la Suprema Corte, no solamente se volvería a la ‘puerta giratoria’, sino que podríamos hablar ahora de una puerta abierta, porque 92,000 personas que hoy en México están sujetos a prisión preventiva por delitos graves, secuestradores, narcotraficantes, feminicidas, entre otros delitos, o también delincuentes de cuello blanco, podrían solicitar mediante amparo ser excarcelados, con lo cual habría una gran, gran impunidad", sostuvo.

En esa misma conferencia, el presidente calificó como "gravisimo" que los ministros eliminen la prisión preventiva oficiosa, e incluso reconoció que "se equivocó" con los cuatro que propuso en ternas: Juan Luis González, Yasmin Esquivel, Margarita Ríos y Loretta Ortiz Ahlf.

Asimismo, la bancada de Morena en la Cámara de Diputados rechazó el proyecto del ministro Aguilar, pues considera que “sería un atentado al Estado de derecho”.

"Equivaldría a una violación directa de la Constitución, cuya preservación está resguardada en el artículo 135”, señala el pronunciamiento de la bancada “guinda” en San Lázaro, que fue leído la semana pasada por el diputado Juan Ramiro Robledo.

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Prisión preventiva justificada y prisión preventiva oficiosa

Intersecta recuerda que la Constitución prevé en nuestro país, dos formas de imponer la prisión preventiva: la justificada (PPJ) y la oficiosa (PPO):

La primera, la prisión preventiva justificada, la solicita un juez porque considera que la persona pone en riesgo el proceso, esto es, que podría “fugarse”, amedrentar a testigos o a las víctimas, entre otros. Es así que el juez decidirá, con base en la evidencia, si la medida es idónea para cada caso concreto, esto es, se justifica.

Mientras que en la prisión preventiva oficiosa, el juez la debe dictar automáticamente cuando a la persona se le está investigando formalmente por alguno de los delitos previstos en el artículo 19 constitucional. Es decir, el juez aún no ha demostrado que se cometió un delito, ni mucho menos se han concluido las investigaciones, lo cual se convierte en una “carta en blanco” para estos.

Lo anterior, anotó, es un claro ejemplo de privación arbitraria de la libertad, porque se encarcela a las personas sin justificar que merecen estar ahí; lo que generó que la Comisión y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos, así como el Comité de Derechos Humanos de la ONU se sumaran a descalificar esa figura.

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Amicus curiae

De acuerdo a los datos “duros” presentados en el “Amicus curiae para la Acción de Inconstitucionalidad 130/2019, su acumulada 136/2019 y para el Amparo en Revisión 355/2021”, de las 225,628 personas que en promedio han estado privadas de la libertad en el país en 2022, el 41% ha estado bajo la figura de prisión preventiva.

Es decir, en promedio, 93,227 personas han estado en la cárcel sin haber sido condenadas. Los últimos datos de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, en 2019, a nivel mundial, refieren que el 32% de las personas que estaban en la cárcel no tenía condena.

Además, de acuerdo con los últimos datos del Censo Nacional de Sistema Penitenciario Estatales y Federal (2022), en 2021, el 12.6% de los hombres y el 14.2% de las mujeres en prisión preventiva llevaban más de dos años aguardando una resolución a su caso.

¿Quiénes se encuentran en prisión preventiva?

Sobre las personas directamente impactadas por las políticas penitenciarias, la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad ENPOL (2021) muestra que las personas que se encuentran en prisión preventiva desproporcionadamente provienen de grupos históricamente discriminados: hombres jóvenes, con escasos recursos, baja escolaridad; en el caso de mujeres con reducidos ingresos.

El 54.1% de las personas bajo esta medida son menores de 35 años, mientras que tan solo el 10.2% son personas mayores de 50 años. Esto contrasta directamente con la población adulta nacional, en donde, el 39% es menor de 35 años, y aproximadamente el 30% es mayor de 50 años.

¿Cuál es la escolaridad de las personas en prisión preventiva?

En lo que respecta a su nivel educativo, el 64.1% de las personas en prisión preventiva cuenta solamente con educación básica, lo cual representa una proporción notoriamente mayor cuando se contrasta con la población en general (48.4%).

Asimismo, el 8% de las personas en prisión preventiva cuenta con licenciatura, contra el 17.8% de la media nacional. Esto es, si se compara a la población en prisión preventiva con la población de nuestro país, las personas con menor escolaridad están sobrerrepresentadas entre la población en prisión preventiva, mientras que las personas con estudios superiores están subrepresentadas.

¿Cuánto ganaban previo a su detención?

El nivel de ingreso mensual percibido de manera previa a su reclusión es otro indicador que resalta la situación de precarización en la que vivían las personas que llegan a caer en prisión preventiva. Casi seis de cada diez personas en esta situación recibieron menos de 7,500 pesos al mes –lo cual equivale a menos de dos salarios mínimos de 2021–, mientras que casi un cuarto recibió menos de 3,000 –ni siquiera un salario mínimo de ese año– en el mismo periodo.

Al analizar estos datos desagregados por sexo, se observa una clara disparidad que afecta a las mujeres. La proporción de hombres que no recibieron ingresos antes de ser privados de su libertad fue de 1.7%, mientras que para las mujeres fue casi el 10%.

Maltrato o violencia en prisión

En términos de violencia, la medida, fomenta la violencia. Por ejemplo, el 44.7% de las mujeres en prisión preventiva reporta que vivió algún tipo de agresión.

Esta proporción es mayor a la de los hombres que también lo reportaron (38.2%). La situación más común es el robo, tanto para hombres como para mujeres. No obstante, este delito le sucede más a éstas últimas (28.6% vs. 36.9%).

Además del robo, las personas en prisión preventiva enfrentan otras violencias. En el caso de lesiones físicas, el 8.1% de los hombres y el 6.9% de las mujeres en prisión preventiva reportan haber experimentado dicha situación.

Impacto en las mujeres

Si bien las mujeres representan la minoría de quienes están en la cárcel, una proporción mayor está en prisión preventiva. Y es que hasta junio pasado, del total de hombres que estaban privados de la libertad, el 40.2% estaba en prisión preventiva; en mujeres, la cifra asciende al 50.9%.

“Es una diferencia de diez puntos. Esto de por sí es preocupante. Lo que se ha encontrado, sin embargo, es que del total de delitos que se les atribuyen a mujeres en prisión preventiva, un porcentaje mayor corresponde a delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, en comparación con los hombres”, indica Intersecta.

Las lecciones:

Según el documento de Intersecta, la prisión no solo afecta directamente a las personas privadas de su libertad. También lo hace indirectamente con otras personas –principalmente las mujeres– que las visitan, les llevan alimento, agua y demás artículos básicos de los que carecen dentro de los centros penitenciarios.

Esto por lo general representa una carga extra para las personas que tienen hijos, hijas u otros dependientes de quienes tengan que hacerse cargo.

Otro aspecto que resalta del estudio es que hasta 2018, aproximadamente el 30% de los delitos atribuidos a las personas en prisión preventiva ameritaban prisión preventiva oficiosa, lo cual era una cifra era estable, pero a partir de 2019, año de la última reforma constitucional en la materia, fue cuando la proporción de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa creció casi 17 puntos, hasta llegar a su máximo histórico en 2020.

“Los delitos atribuidos a las personas en prisión preventiva, prácticamente la mitad ameritaban prisión preventiva oficiosa. Para 2021, que es el último año para el cual hay datos, estos delitos representan el 42% del total de delitos atribuidos a personas en prisión preventiva. Esto muestra que, sin duda, hubo un cambio de patrón”, añade el texto.

Se destaca que los delitos que se añadieron a partir de la reforma del 2019, son ahora los que tienen mayor representación en detenidos, entre los que se encuentran los relacionados con la portación, posesión y tráfico de armas de fuego, oscilando entre el 8.8% y el 11%.

Ante esa situación, expertos en leyes se han pronunciado a favor de que la Corte modifique la aplicación de la prisión preventiva oficiosa. El constitucionalista Javier Martín Reyes, clarificó que no debe ser una medida de amplio espectro.

"La prisión preventiva, no es justicia; es una medida cautelar, que debe aplicarse de manera excepcional, esto es solo en aquellos casos que lo ameriten”, consideró en entrevista.

Como él, la experta Christel Rosales, coordinadora del Programa de Justicia de México Evalúa, refirió que las cifras y datos de los detenidos bajo esta figura muestran que se ha utilizado de mala manera.

“Se están generando incentivos perversos que, por un lado, le facilitan a las autoridades un trabajo, pero que no están garantizando una mayor investigación para que los procesos sean ágiles y efectivos y pues, tenemos justamente a muchas personas inocentes en prisión”, resaltó.

Como dato adicional, un estudio de México Evalúa concluye que la medida de aplicar prisión preventiva oficiosa en un catálogo de delitos no ha mejorado la seguridad para los ciudadanos.

"Con excepción de 2020, año en que inició la pandemia, y que se caracterizó por el encierro y la ‘distancia social’, de 2015 a 2021 la incidencia delictiva nacional ha registrado una tendencia creciente. Aun cuando 2020 fue sui generis, para 2021 la incidencia global se recuperó e incrementó en mayor medida que en años previos –promedio de 11% en los últimos siete años–", se lee en un documento publicado sobre el tema en este 2022.

La decisión de la Corte de este lunes impactará en los procesos que están actualmente en desarrollo en tribunales y mantienen a unas 90,000 personas, como refirió el secretario Mejía Berdeja, pero también impactará en la forma der impartir justicia de los próximos años.

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