La reciente propuesta presidencial para reformar la Ley de Amparo ha encendido un debate que no es menor: ¿cómo equilibrar la eficacia del Estado frente al crimen con la protección de los derechos ciudadanos? El juicio de amparo ha sido históricamente el escudo más sólido contra los abusos de autoridad, pero también —en la práctica— se ha convertido en herramienta para que grupos delictivos y actores financieros oscuros alarguen procesos, liberen cuentas bloqueadas o frenen investigaciones.
#ColumnaInvitada | El amparo en la mira, ¿escudo ciudadano o arma del Estado?

Hoy estamos ante un cambio de reglas que puede transformar la manera en que se combate el delito, tanto en el ámbito local como en el federal. Pero este giro legal exige más que modificaciones en los tribunales: requiere una revolución en la manera en que formamos y preparamos a nuestras fuerzas de seguridad.
Fuero común: menos amparos, más riesgos sociales
El acotamiento del “interés legítimo” limitará los amparos colectivos. En apariencia, esto agiliza cateos, órdenes de aprehensión o medidas administrativas en delitos locales. Sin embargo, también abre la puerta a que comunidades enteras tengan menos herramientas para frenar abusos de autoridad o proyectos que afectan sus derechos colectivos. Si los policías municipales y estatales no cuentan con capacitación suficiente en derechos humanos y técnicas de intervención legal, esta reforma puede convertirse en un arma de doble filo: eficacia operativa sí, pero a costa de la legitimidad.
Fuero federal: congelamientos más firmes
En el terreno federal, la iniciativa busca impedir que los amparos sirvan para descongelar cuentas sospechosas de lavado o frenar investigaciones de la Unidad de Inteligencia Financiera. En teoría, esto fortalece al Estado frente al delito económico. Pero el efecto real dependerá de que policías, fiscales y peritos cuenten con habilidades para generar expedientes blindados contra nulidades y resistir el escrutinio judicial.
Crimen organizado: menos maniobras legales
Las organizaciones criminales han aprendido a litigar.
Han usado suspensiones provisionales para recuperar activos, evitar extradiciones o ganar tiempo mientras mueven su dinero. La reforma cierra parte de esas rendijas, lo cual representa un golpe táctico importante. No obstante, si la autoridad no mejora sus capacidades de investigación financiera, el crimen organizado simplemente buscará otras rutas de impunidad, como prestanombres y triangulación internacional.
Crímenes financieros: oportunidad y desafío
El frente más claro de impacto es el financiero. El blindaje contra suspensiones de congelamiento patrimonial es una herramienta poderosa contra el lavado de dinero y la evasión fiscal. Pero si la excepción de “imposibilidad material o jurídica” no se regula con precisión, puede terminar siendo la grieta por donde entren actos de corrupción o negligencia.
La pieza clave: capacitación de fuerzas de seguridad
En este nuevo contexto, la diferencia entre éxito y fracaso no estará solo en la letra de la ley, sino en la preparación de quienes la aplican. Por ello, propongo un esquema de capacitación integral para policías, Guardia Nacional y ministerios públicos, diseñado en cinco módulos:
- Peritaje financiero y contable: formación en rastreo de transferencias, análisis de balances y detección de operaciones inusuales.
- Forense digital y evidencia electrónica: técnicas de preservación de datos en dispositivos y plataformas en la nube, con protocolos de cadena de custodia digital.
- Técnicas de aseguramiento patrimonial: cómo ejecutar congelamientos, incautaciones y embargos de manera que resistan amparo y revisión judicial.
- Litigación estratégica y redacción de informes: entrenamiento en construcción de expedientes robustos y declaraciones claras que sostengan la validez de las pruebas.
- Derechos humanos y proporcionalidad: énfasis en el uso legítimo de la fuerza, respeto a garantías y prevención de abusos que puedan invalidar operativos.
Este esquema debe impartirse de forma modular, con certificación nacional y evaluaciones prácticas. No basta con clases teóricas: se necesitan simulaciones interinstitucionales, auditorías de desempeño y acompañamiento técnico constante.
Impacto en procesos de seguridad
Si se aplica la reforma sin este andamiaje de capacitación, los procesos de seguridad corren el riesgo de colapsar bajo su propio peso: plazos más cortos, tribunales sobrecargados y cuerpos policiales improvisando frente a nuevas exigencias legales. Por el contrario, si se invierte en formación, la reforma puede convertirse en un parteaguas en la eficacia contra el crimen organizado y financiero.
Recomendaciones
- Protocolos claros de coordinación entre UIF, Fiscalía y Guardia Nacional.
- Manual nacional de “interés legítimo” para evitar discrecionalidad judicial.
- Programa de certificación en contabilidad forense y peritaje digital.
- Inclusión de mecanismos de representación colectiva para comunidades afectadas.
- Observatorio independiente que evalúe los efectos de la reforma en derechos humanos y eficacia investigadora.
Para reflexionar:
La reforma a la Ley de Amparo no es un simple ajuste legal: es un rediseño de la relación entre Estado, ciudadanos y crimen organizado. Puede ser un motor de eficacia real si se acompaña de capacitación y supervisión, o convertirse en un generador de abusos si se implementa sin preparación. La clave está en la profesionalización de nuestras fuerzas.
Un país que reforma su ley sin reformar su forma de capacitar está condenado a repetir viejos errores. El momento exige no solo nuevas reglas, sino nuevas competencias. Porque al final, la justicia no se defiende con decretos, sino con mujeres y hombres preparados para hacerlas valer.
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Nota del editor: Alberto Guerrero Baena es consultor especializado en Política de Seguridad, Policía y Movimientos Sociales, además de titular de la Escuela de Seguridad Pública y Política Criminal del Instituto Latinoamericano de Estudios Estratégicos, así como exfuncionario de Seguridad Municipal y Estatal. Escríbele a albertobaenamx@gmail.com Las opiniones publicadas en esta columna corresponden exclusivamente al autor.