Bajo la ponencia del Ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, el Pleno de la Corte estableció tres criterios fundamentales:
—Interés Legítimo Ampliado, es decir que no es necesario demostrar un daño individual o directo para defender un ecosistema, por lo que cualquier habitante o usuario que se beneficie de los servicios ambientales de un área (el "entorno adyacente") tiene derecho a promover un amparo para exigir su protección.
—Principio de Precaución, esto debido a que el tribunal subrayó que la falta de certeza científica absoluta sobre el beneficio de un ecosistema no es excusa para negar su resguardo.
—Carga Dinámica de la Prueba, dado que se estableció que, en casos ambientales, corresponde a las autoridades demostrar que están cumpliendo con su deber de vigilancia, y no solo al ciudadano probar el daño.
Mediante esta sentencia, la Corte ordenó así reponer el procedimiento, con lo que el expediente regresa al Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Oaxaca para que emita un nuevo fallo, en el que el juez valore exhaustivamente las denuncias de invasión en el parque, recabe más pruebas sobre los riesgos ecológicos y dicte medidas que aseguren la vigilancia y preservación de las 2,591 hectáreas que integran esta área natural protegida.
Parque Nacional Benito Juárez, un área natural protegida
El Parque Nacional Benito Juárez es una de las áreas naturales protegidas más importantes de la región de los Valles Centrales. Se ubica en la Sierra Norte, al norte de la ciudad de Oaxaca, y forma parte de un sistema montañoso que abastece de agua a comunidades rurales y a la zona urbana.
Cubre un área de aproximadamente 26,37 kilómetros cuadrados y está situado en la cordillera Sierra Norte.
Por su ubicación y características ecológicas, funciona como una zona clave de captación de agua y regulación climática.
El parque fue decretado como área natural protegida en 1937 y desde entonces es considerado un espacio estratégico para la conservación de bosques templados de pino y encino.
El Parque es fundamental para la conservación de la biodiversidad estatal y nacional. La Comisión Nacional para el Uso y Conocimiento de la Biodiversidad (Conabio) lo considera región terrestre prioritaria y área de importancia para la conservación de las aves.
Además de su importancia ecológica, el parque tiene un vínculo directo con las comunidades indígenas y agrarias que habitan en sus alrededores. Muchas de estas comunidades dependen de los recursos forestales, del agua que se genera en la zona y de los servicios ambientales que proporciona el ecosistema.
En los últimos años,habitantes locales han advertido presiones sobre el parque derivadas del crecimiento urbano, asentamientos irregulares y actividades que pueden afectar el bosque. Estas preocupaciones son parte del contexto en el que surgió el litigio que actualmente analiza el Poder Judicial federal.