¿Qué ordenó el juez?
La resolución del amparo presentado el 30 de agosto reconoce que las secretarías no cumplieron a cabalidad con la obligación de garantizar, conforme al orden constitucional, las medidas básicas para un regreso a clases seguro a todos los estudiantes del país.
Por lo que el juez ordenó a las autoridades garantizar:
- El suministro de cubrebocas, termómetros, gel antibacterial, jabón y demás insumos para la prevención de contagios y no dejar la responsabilidad a las familias y el personal de las escuelas, como sugiere la “Guía para el regreso responsable y ordenado a las escuelas” que emitieron las dependencias.
- El suministro de agua potable en las escuelas públicas y privadas del país sin excepción, incluso en el caso de que se argumente que no hay presupuesto para ello.
Además, da a la SEP y la SS, 48 horas tras ser notificadas para emitir protocolos “generales, obligatorios, emergentes y de duración indeterminada” que complementen la “Guía para el regreso responsable y ordenado a las escuelas” vigente hasta ahora, para establecer con certeza cuáles son los procedimientos a seguir en la prevención, detección, tratamiento y seguimiento de la pandemia en las escuelas.
En conferencia de prensa, Jesús Soledad, socio del despacho Soledad & Carrasco, explicó que se ordenó a las dos secretarías detallar con claridad qué es obligatorio y qué es recomendación de sus medidas y definir quién se encargará de qué medida, así como definir estándares mínimos de limpieza y aforo.
Además de estas medidas, se ordenó a las autoridades que en 10 días deben agregar al protocolo nuevo –que se emita en dos días– controles para dar seguimiento las nuevas medidas y un plan conjunto por parte de ambas para que autoridades de salud capaciten a las autoridades de Educación para tratar de disminuir el riesgo de contagio.