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Ocho motivos hacen inviable la consulta para llevar a juicio a expresidentes

La justicia no se consulta, los derechos humanos no son materia para un ejercicio participativo como éste y una posible diferenciada impartición de justicia son algunas razones, explican expertos.
lun 28 septiembre 2020 05:50 AM
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La consulta de juicio a expresidentes fue avalada por la SCJN con seis votos contra cinco.

Desde hace algunas semanas el presidente Andrés Manuel López Obrador se ha pronunciado a favor de que sea en una consulta ciudadana que se defina si se somete o no a juicio a los expresidentes de la República por los posibles delitos que cometieron durante su gestión, esta propuesta ya fue enviada a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y esta semana se pondrá a debate la pertinencia de la consulta; sin embargo, para juristas y académicos es prácticamente inviable por al menos por ocho motivos.

La justicia no se consulta, los derechos humanos no son materia para un ejercicio participativo como éste y una posible diferenciada impartición de justicia, son algunas de las razones por las que no debería proceder esta propuesta del mandatario federal.

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La idea de “llevar al banquillo de los acusados” a los expresidentes es un tema atractivo y aprobado por la población. Algunas encuestas refieren que 9 de cada 10 mexicanos está a favor de que se juzgue a los exfuncionarios que hayan cometido algún delito .

El presidente Andrés Manuel López Obrador no ha aclarado qué delitos específicamente serían investigados, pero sí ha dejado en claro, que los expresidentes sabían o eran cómplices de los ilícitos que se cometieron.

“Todos los negocios jugosos de corrupción que se hacen en el país llevan el visto bueno del presidente de la República. Para que esto quede claro: no es que no lo sabía el señor presidente o que el presidente tiene buenas intenciones, pero lo engañan, lo traicionan, no le ayudan’; mentira, el presidente de México tiene toda la información que se necesita. O es cómplice o se hace de la vista gorda, pero no es que no sepa”, declaró el 14 de enero de 2019.

De acuerdo con expertos, la propuesta de López Obrador podría ser rechazada por al menos ocho razones:

1. La justicia no se consulta

Si el presidente Andrés Manuel López Obrador considera que hay motivos para someter ante la justicia a los expresidentes, su gobierno debió presentar una denuncia para que la Fiscalía General de la República abriera una carpeta de investigación por los delitos que se les señala a quienes gobernaron México desde 1988 hasta el 1 de diciembre de 2018.

Sin embargo, el mandatario federal ha asegurado que no denunciará a ningún expresidente porque su gobierno mira hacia adelante.

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Para investigar a los expresidentes, la Fiscalía General de la República tiene facultades e incluso en algunos casos, por el tipo de delito, no requiere que alguien presente una denuncia para iniciar una carpeta de investigación.

El profesor de derecho constitucional de la UNAM, Francisco Burgoa, consideró que en el caso de los expresidentes se está politizando la justicia.

“Si existen elementos que acrediten la probable responsabilidad de haber cometido tal o cual delito, que se presente la denuncia correspondiente ante la FGR o de oficio la Fiscalía podría iniciar una carpeta de investigación en contra de los expresidentes, no se necesita una consulta”, aclaró.

En ese sentido, puntualizó que esa sería la mejor prueba de que este gobierno está luchando para acabar contra la impunidad.

2. Tiene un trasfondo político no jurídico

¿Por qué esperar un año para decidir si se somete ante la justicia a los expresidentes si ya hay algún indicio de que violaron la ley? Es la pregunta que muestra que detrás de la intención de estrenar la ley de consulta popular, hay un interés político.

“La FGR y la Unidad de Inteligencia Financiera tienen ya elementos para poder proceder contra los expresidentes o al menos para conseguir testimonios de los expresidentes que tuvieron que ver con el desvío de recursos como Pemex, la Estafa Maestra, en obras, entonces se podría proceder”, destacó Juan Luis Hernández, politólogo de la Universidad Iberoamericana, campus Puebla.

Si alguno de los expresidentes incurrió en algún delito, dijo, ningún resultado de la consulta debiera eludir la responsabilidad que tiene la FGR en iniciar una investigación judicial.

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3. Es inconstitucional

El artículo 35 de la Constitución establece que no se podrán someter a consulta ciudadana la restricción de los derechos humanos, la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.

Preguntar en una consulta ciudadana si se somete a juicio a los expresidentes atentaría contra sus derechos humanos y presunción de inocencia.

Tiene un vicio de inconstitucionalidad que la Suprema Corte deberá de rechazar porque se trata de someter a consulta derechos humanos y lo que conlleva el debido proceso".
Francisco Burgoa, experto constitucionalista.

Por ser la materia de la consulta los derechos humanos de los expresidentes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación debería considerar inconstitucional esta solicitud.

4. Los delitos ya preescribieron

Aunque no ha quedado claro qué tipo de delitos sería por los que se llevaría a la justicia a los cinco exmandatarios, los posibles ilícitos que se les imputaría pudieran haber prescrito.

De acuerdo con especialistas consultados, al ser expresidentes, ya no cuentan con fuero constitucional por lo que sí se les podría investigar y en su caso sentenciar. Sin embargo, es muy probable que debido a que han pasado hasta 30 años desde que se cometieron esos delitos, ya no se les pueda castigar y por lo tanto es muy poco probable que algún expresidente pudiera pisar la cárcel, a pesar de que en la consulta ciudadana se decidiera que sí se debe iniciar una investigación en su contra.

5. Puede caerse en omisión

En caso de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación avalara la procedencia de la consulta, pero fueran los ciudadanos quienes deciden que no se debe someter a consulta a los exmandatarios, la justicia podría caer en omisión, porque se dejarían sin investigar y sancionar los delitos en los que presumiblemente habrían incurrido.

Además, no habría reparación del daño, lo cual es esencial para la justicia.

“Si el resultado, por un lado, es 'favorable', nos dejaría en el mismo supuesto en el que estamos ahora, y si el resultado fuera 'negativo', transgrediría los derechos de verdad, justicia y reparación y en consecuencia la propia consulta sería constitucionalmente inviable”, consideraron Adriana Greaves y Estefania Medina, columnistas de Expansión Política en su texto “Consulta popular, ¿el elixir contra la corrupción?”.

6. Propone aplicación diferenciada de la justicia

Realizar una consulta para definir si un expresidente debe ser enjuiciado es aplicar la justicia diferenciada, cuando deberían ser juzgados como cualquier ciudadano, para lo que incluso no existe ninguna restricción legal, pues al ya no ocupar el cargo de presidentes no gozan de inmunidad procesal.

“Ante hechos contundentes en contra de cualquier servidor público, se deben aplicar las sanciones correspondientes y no haya impunidad”, consideró Elisa Banderas, miembro de la Academia de Ciencia Política y Administración Urbana de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México.

7. Abre lapuerta a que todo pueda ser sometido a consulta

El artículo 11 de la Ley federal de consulta popular establece que no podrán ser materia de consulta

  • La restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitución.
  • Los principios consagrados en el artículo 40 de la Constitución que refieren que el pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal.
  • La materia electoral.
  • Los ingresos y gastos del Estado.
  • La seguridad nacional.
  • La organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.

Pero si la SCJN avala que es materia de consulta ciudadana preguntar si se somete o no a los expresidentes, se abriría la puerta a que otros temas no permitidos quieran ser decididos mediante la aplicación de la Ley federal de consulta popular.

8. Complicado que pueda ser vinculante

Para que la decisión de los ciudadanos en la consulta ciudadana sea vinculante para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales, así como para las autoridades competentes, deberá contar con la participación de al menos el 40% de los inscritos en la lista nominal de electores, que equivale a 36 millones 14,546 de mexicanos.

Sin embargo, dado que la última modificación a la ley establece que la consulta ciudadana se realizará el primer domingo de junio, se vislumbra complicado que más del 40% de los ciudadanos salgan a emitir su opinión dos meses después de que ya hayan acudido a las urnas a elegir a sus autoridades.

Así que, si no participan 36 millones 014,546 de personas, las autoridades competentes no estarían obligadas a atender el resultado de la consulta.

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