Como pueden ver, los pasos para llevar a cabo una consulta popular son largos y complicados, pero, además, hay un tema de fondo técnico que debe solventarse. Recordemos que la Suprema Corte de Justicia –anteriormente, en 2014– bateó propuestas para consultas populares en materia energética realizada por Morena/PRD y sobre salarios mínimos impulsada por el PAN.
Desde entonces fue sentando los precedentes que años más tarde definirían el destino de otras consultas populares y la posibilidad de llevar a la práctica este ejercicio ciudadano. Los ministros se pronunciaron sobre la procedencia de consultas populares en temas constitucionales, y aunque esta discusión giró en torno a la temática de ingreso y gastos del Estado, finalmente la llave para este laberinto fueron los derechos humanos, disponiendo que no podrían realizarse consultas populares que restringen derechos humanos.
Así que, en términos prácticos la consulta popular para decidir si debe -o no- abrirse una investigación y perseguirse a los expresidentes que se han visto envueltos en escándalos de corrupción, detentan dos grandes problemas:
1. Tendría como efectos prácticos someter a consulta popular la posibilidad de aplastar la Constitución y su mandato de investigar y perseguir cualquier delito, para determinar que hay personas que arbitrariamente en este país deben recibir un trato diferente.
2. Implicaría abrir la puerta a decidir sobre cuestiones que implican violaciones a los derechos de igualdad, de verdad, de justicia y de reparación del daño, lo cual podría traducirse en una restricción y transgresión a los derechos humanos. Lo anterior, además de ser inaceptable, es jurídicamente inviable pues conforme al artículo 35 de la Constitución no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitución, tal como sería este caso.
Por todo lo anterior, la idea de una consulta popular para resolver si se enjuicia o no expresidentes resulta absurda, por decir lo menos. Primero porque tenemos que considerar que para que esta tenga efectos necesitamos que más de 63 millones de mexicanos acudan a la consulta, pero, además, si el resultado, por un lado, es “favorable”, nos dejaría en el mismo supuesto en el que estamos ahora, y si el resultado fuera “negativo”, transgrediría los derechos de verdad, justicia y reparación y en consecuencia la propia consulta sería constitucionalmente inviable.