En el Observatorio de Medios Digitales del Tecnológico de Monterrey se hizo un resumen de los videos disponibles de los candidatos a ministros del Poder Judicial. No están todos los contendientes y hay videos marcados como ocultos. Aún con estas limitaciones, acercamos las propuestas a la ciudadanía y aclaramos si son viables desde las funciones del Ministerio. Se utilizaron 42 entrevistas disponibles de las candidatas y los candidatos a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; estos videos se recuperaron del canal de YouTube del Poder Judicial , y se publicaron en enero de este año.
¿Son viables las propuestas de los candidatos a ministros del Poder Judicial?

Faltan 22 entrevistas de los 64 candidatas y candidatos registrados de manera oficial, por lo que la información que se presenta no es exhaustiva. Se recomienda a los ciudadanos buscar las propuestas del resto de las y los aspirantes al Poder Judicial.
A continuación, resumo las propuestas de estos 42 entrevistados y si son posibles de acuerdo con los límites de las funciones de los ministros de la SCJN.
- Acercar la justicia a la ciudadanía y mejorar el acceso a la justicia: Los ministros no están facultados para esta función.
Varios candidatos proponen diversas maneras para facilitar el acceso a la justicia. Desde modificar las reglas de amparos, simplificar el lenguaje jurídico, hasta crear “cortes itinerantes con audiencias públicas, las y los candidatos como ministros de la Suprema Corte de Justicia incluyen acciones en el portafolio de propuestas que no son funciones directas de estos cargos supremos. Los ministros deben interpretar la constitución como instancia máxima de resolución de conflictos; pero no pueden modificar la constitución, ni proponer legislaciones que hagan cambios sustanciales en la aplicación de la ley.
- Promover el uso de mecanismos alternativos de solución de controversias: Los ministros sí están facultados para esta función, pero solo para homologar la Constitución entre las leyes locales de los estados y el resto de los poderes fácticos.
Es decir, cuando la Constitución entra en controversia con la legislación actual del resto de las entidades federativas. Por ejemplo, la despenalización del aborto, que es un cambio federal que aún no se discute en algunos congresos locales, como es el caso de Nuevo León. Es importante no confundir la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, que resuelve casos en materia penal; por lo tanto, la aplicación de esta le corresponde a la Fiscalía General de la República.
- Fortalecer la protección de los derechos humanos y la perspectiva de género: Los ministros sí están facultados para esta función.
Este es el tema más recurrente de las propuestas de los candidatos: 16 de los 42 videos de los candidatos consultados, el 40% de los entrevistados, propone mejoras para la protección en materia de Derechos Humanos y Equidad de Género. Pero solo pueden proteger estos derechos desde la vigilancia del cumplimiento de la ley; no está en sus funciones ampliar la constitución, ni castigar a las dependencias gubernamentales por prácticas desproporcionadas de sus funciones. El Poder Legislativo debe promover leyes que busquen la igualdad cívica entre ambos géneros; mientras que el Tribunal de Disciplina Judicial y el Tribunal Constitucional de México son las instancias que vigilan que las leyes y actos de autoridad se apeguen a la Constitución, sin vulnerar los derechos humanos. Los ministros cuidan que la interpretación de las leyes en función del principio pro-persona.
- Mejorar la eficiencia y reducir la lentitud en el sistema judicial: los ministros están facultados para esta función de manera indirecta.
Los ministros solo pueden hacer más eficientes los procesos de discusión de las jurisprudencias vinculantes y en la formulación de sentencias cuando algunos casos se llevan a la Suprema Corte de Justicia. Los juicios individuales penales y civiles no son materia directa de los ministros, por lo que no pueden promover cambios administrativos, como fijar tiempos máximos, para “mejorar” los tiempos de resolución de sentencias.
- Aumentar la transparencia y rendición de cuentas en el Poder Judicial:
De igual manera, solo pueden informar a la ciudadanía sobre el trabajo de la Corte. Aunque pueden denuncian presionar por la transparencia como elementos para mejorar el control y disminuir la corrupción dentro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Como servidores públicos, deben vigilar los intereses de los ciudadanos, someterse a procesos de rendición de cuentas, apegarse a las funciones de sus puestos y dar a conocer su trabajo por medio de los canales de comunicación institucionales. Estas condiciones no son distintas del resto de los poderes fácticos, instituciones públicas y las instancias de gobierno.
- Colaboración entre poderes y conocimiento de la realidad social: los ministros sí están facultados para esta función.
Algunos candidatos resaltan la importancia de que el Poder Judicial no sea un ente aislado. La colaboración entre poderes (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) es una de las funciones primordiales de los ministros, siempre y cuando no intervengan en la autonomía de las decisiones de los actores de gobierno involucrados. También los ministros están facultados para interpretar la Constitución y vigilar la aplicación de la ley respetando los derechos humanos. Por lo tanto, los ministros deben actualizarse con respecto a la realidad social. Esta propuesta realmente es una de las funciones básicas de los ministros, no es algo que puedan evadir.
- Fondos públicos para la restauración de las víctimas: los ministros no están facultados para esta función.
Ni la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ni los ministros, pueden disponer de fondos públicos para transferir recursos financieros para un programa de nueva creación. Esta tarea es del Poder Legislativo, pero los ministros pueden proponer estas medidas para la discusión en el Congreso, a reserva de que se apruebe o no.
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Nota del editor: Alejandra G. Marmolejo es profesora de ciencias sociales en el Tecnológico de Monterrey y miembro del Observatorio de Medios Digitales . Síguela en Threads como @alegmarmo. Las opiniones publicadas en esta columna corresponden exclusivamente a la autora. Las opiniones publicadas en esta columna corresponden exclusivamente a la autora.
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