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#BuróParlamentario | Laboratorios de reelección

En la elección de junio de 2021, los mexicanos debemos recordar que por primera vez tenemos el derecho de castigar o premiar con la reelección a nuestros representantes.
mié 01 julio 2020 06:20 AM
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En 2021, los ciudadanos podremos optar por la reelección de nuestros representantes.

Una de las principales novedades de las elecciones 2020-2021 será la posibilidad de reelección de los diputados federales que actualmente conforman la 64 Legislatura. Sin embargo, la reelección consecutiva de legisladores es un asunto ya practicado a nivel local desde 2017.

De las 32 entidades del país, sólo en la Ciudad de México y Puebla los Congresos locales no han experimentado la posibilidad de que sus integrantes busquen mantenerse en la curul.

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Los otros 30 Congresos han sido laboratorios de reelección. De los mil 6 legisladores que integraban estos congresos, 223 representantes (22 por ciento) intentaron reelegirse.

Este índice registró variaciones considerables entre entidades. Por ejemplo, en Baja California todos los diputados electos para la XXII Legislatura (2016-2019) buscaron reelegirse, mientras que menos del 5 por ciento de los congresistas en las asambleas de Oaxaca, Campeche, Yucatán y Michoacán optaron por la reelección.

La fórmula más recurrida para buscar la reelección inmediata fue la de mayoría relativa, por la cual se postularon a un segundo mandato 192 representantes (86 por ciento), de los cuales el 65 por ciento compitió por el mismo distrito que ya representaba.

¿Y cómo les fue ante sus electores?

De los 223 diputados locales que intentaron reelegirse, sólo 75 (34 por ciento) tuvieron éxito. Si contrastamos esta última cifra con el total de legisladores en funciones, tenemos que sólo el 7 por ciento de los representantes locales se terminó reeligiendo entre 2017 y 2019.

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Pero, más allá de las cifras, es notable que la única experiencia que tendremos antes de la elección de 2021 en el tema de reelección consecutiva de diputados federales sea la de estas 30 legislaturas locales.

De manera similar a lo que ocurrirá con la reelección de los diputados federales en 2021, distintos congresos subnacionales omitieron legislar sobre la materia dentro de los tiempos establecidos, delegando fácticamente en los Organismos Públicos Locales Electorales la responsabilidad de establecer los criterios y lineamientos para el registro de candidaturas a reelección, que distintos actores impugnaron, promoviendo recursos de inconformidad contra los criterios emitidos por los órganos electorales.

En Yucatán, por ejemplo, Morena presentó una acción de inconstitucionalidad (50/2017) en torno al artículo 218 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, la cual establecía que los legisladores de la Cámara, a excepción del presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso, podían optar por la candidatura de la reelección sin requerir licencia para separarse del cargo. Morena exigió que, por criterio de igualdad, el presidente de dicho órgano tuviese el derecho de contender por su reelección sin dejar el cargo. La Suprema Corte, finalmente, emitió sentencia a favor de Morena con un alcance para el caso concreto.

En Sonora, se presentó también un recurso de inconformidad en torno a los lineamientos de reelección emitidos por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana. El acto reclamado se encontraba el reglamento que presentó el órgano electoral el cual exigía a los legisladores locales dejar sus encargos para contender por su reelección. Sustentándose en una noción de representación justa y la necesidad del cumplimento completo de los mandatos representativos, la sala regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al OPLE modificar la norma para permitir que los legisladores interesados en reelegirse pudieran competir sin tener que dejar sus cargos parlamentarios.

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El debate en torno a las reglas de reelección a nivel local se ha centrado en el derecho de los legisladores a contender por su reelección sin tener que dejar el cargo. Algo similar se espera en la discusión nacional, cuando el INE haga público el proyecto de reglamento con el que normará la reelección a nivel federal.

Hasta ahora, hay 14 códigos locales que obligan a los candidatos a reelección a separarse de su cargo entre 60 y 90 días antes de la jornada electoral. Mientras que en 12 entidades se concede la potestad al congresista de no separarse de su cargo mientras busca su reelección. Finalmente, hay seis legislaturas locales que no tienen un articulado que especifique si los aspirantes a reelección deben solicitar licencia o no (Ciudad de México, Oaxaca, Puebla, Guanajuato, Tabasco y Tamaulipas).

La discusión más amplia a nivel federal en torno a la reelección inmediata tiene como único marco legal el artículo 59 de la Constitución, que prevé la reelección de senadores a partir de 2024 y hasta por dos periodos consecutivos (12 años) y de diputados federales a partir de 2021, y hasta por cuatro periodos (12 años).

Otro referente es la minuta aprobada el 18 de marzo de 2020 en la Cámara de Diputados que quedó sin efectos por no haberse aprobado en la colegisladora. Dicha minuta sostenía que los representantes pueden volver a aparecer en la boleta ya sea como candidatos de mayoría o de proporcionalidad, independientemente del principio por el que fueron electos inicialmente. Enuncia también que los legisladores deben ceñirse a los mecanismos previstos por las normas internas de cada partido político para la selección de candidaturas, por lo que la postulación a la reelección no se daría en automático, sino pasando por el filtro partidista. La minuta en comento sugiere a su vez, que los diputados independientes, aquellos que se hubieran separado de su fracción parlamentaria o los que pertenezcan a partidos que perdieron su registro, podrían concurrir a la elección para un periodo consecutivo por la vía independiente o por cualquier partido político que los postule. Finalmente, la resolución estima que, al presentar sus listas de candidatos, los partidos deben garantizar la paridad de género.

De este recuento amerita reflexionar sobre cómo en los distintos ámbitos deliberativos donde se discutió la reelección inmediata de los legisladores, una reforma que supuestamente fue diseñada para “empoderar a los ciudadanos”, terminó centrándose en los derechos de los partidos y de sus candidatos.

Ante ello, será vital que en la elección de junio de 2021 los mexicanos recordemos que por primera vez en muchos años tenemos el derecho de castigar o premiar a personas de carne y hueso (y ya no a la abstracción que representan los partidos) por su actuación de los últimos tres años como nuestros representantes.

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Nota: Buró Parlamentario es una asociación civil que busca vigilar al Poder Legislativo promoviendo una ciudadanía informada, activa y participativa.

Twitter: @BuroParlamentario

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Nota del editor: Las opiniones de este artículo son responsabilidad única del autor.

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