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Juez da 24 horas a FGR para pronunciarse por caso Pío López Obrador

Luego de haber incumplido los plazos, el juez dio una prórroga de 24 horas para que decida si judicializará o no la carpeta de investigación en contra de Pío López Obrador, hermano del presidente.
jue 21 julio 2022 02:53 PM
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Un juez federal mandató a la Dirección General Jurídica en Materia de Delitos Electorales de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales (FEDE) a que en un plazo de 24 horas, informe si judicializará o no la carpeta de investigación en contra de Pío López Obrador.

“Se requiere a la Dirección General Jurídica en Materia de Delitos Electorales, para que dentro del plazo de veinticuatro horas, contadas a partir del día siguiente hábil al en que reciba la notificación del presente proveído, informe si autorizó, modificó o revocó la determinación de treinta de junio de dos mil veintidós, emitida dentro de la indagatoria”, mandató Gabriel Fierro Susano, secretario del Juzgado de Distrito de Amparo y encargado del despacho por vacaciones del titular, en una cuerdo emitido el 19 de junio.

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La orden a la dependencia, que es parte de la Fiscalía General de la República (FGR), se da luego de incumplir con dos prórrogas otorgadas para que la Dirección General Jurídica en Materia de Delitos Electorales de la FEDE informara si existen elementos suficientes para ejercer o no acción penal en contra del hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Además, Gabriel Fierro advierte que de no cumplir se impondrá una multa de 100 Unidad de Medidas y Actualización (UMA), es decir, 9,622 pesos. La prórroga vence 24 horas después de que hayan sido notificados.

El 26 de mayo el juez séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal, Julio Veredín Sena, concedió el amparo a Pío López Obrador en contra de “la dilación en determinar el no ejecución de la acción penal en la carpeta de investigación” y ordenó al agente del Ministerio Público de la FEDE, Héctor Sánchez Zaldívar, pronunciarse sobre la judicialización del caso, lo que a la fecha no se ha cumplido. El juez otorgó un plazo de 60 días.

Ante el incumplimiento, en un acuerdo del 13 de julio el juez hizo ver que no se había dado cumplimiento a los requerimientos de ese órgano constitucional para dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo “a pesar de que le fueron concedidas dos prórrogas para dar cabal cumplimiento, las cuales se le concedieron en virtud de que afirmó a este órgano de amparo que atendería a cabalidad los efectos del amparo; es decir, determinar la indagatoria y notificar dicha resolución a la parte quejosa”.

En ese acuerdo, el juez requirió al superior jerárquico, el fiscal Alejandro Gertz Manero, a dar cumplimiento de la sentencia y pronunciarse; también le advierte su probable destitución y consignación de no cumplir con en tiempo y forma con lo mandatado.

El 15 de julio Rodolfo A. Dillanes Ramírez, director de Amparo por ausencia del director de Control de Juicios de Amparo por suplencia del Fiscal General de la República, envío un oficio al fiscal en delitos electorales, José Agustín Ortiz Pinchetti, pidiendo que cumplir con la sentencia y advirtiendo que de no dar cumplimiento se daría vista a la Fiscalía Especializada de Asuntos Internos.

“Remito a usted copia del oficio 19851/2022, a fin de qué gire las instrucciones conducentes para que a la brevedad posible, se cumpla con el requerimiento del Órgano Jurisdiccional de mérito; de la misma forma y de no existir inconveniente legal alguno, infórmese a esta Dirección General de Control de Juicios de Amparo el cumplimiento de lo solicitado.

“En el entendido de que si no se da debido cumplimiento a lo solicitado por el Órgano Jurisdiccional de referencia, se dará vista a la Fiscalía Especializada de Asuntos Internos de la institución para deslindar responsabilidades de carácter administrativo y yo penal”, se señala en el escrito.

Ante la falta de entrega de la copia certificada de la determinación final de la FEDE en el caso, es que este martes 19 de julio Gabriel Fierro Susano, secretario del Juzgado de Distrito de Amparo, ordenó pronunciarse en un plazo de 24 horas.

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El proceso por el que se investiga a Pío López Obrador se generó a partir que el 20 de agosto de 2020, el periodista Carlos Loret de Mola publicó dos videos en los que aparece el hermano del presidente recibiendo unos sobres, presuntamente con dinero, que sería destinado a Morena. Se informó en ese momento, que los videos fueron grabados en 2015, por David León Romero, quien en ese año se desempeñaba como colaborador del gobernador de Chiapas, Manuel Velasco.

Casi dos años después, este lunes 18 de julio Expasión Política, dio a conocer una entrevista exclusiva con Pío López Obrador, en donde acepta que sí recibió dinero de David León, pero asegura que solo fueron aportaciones que se usaron para gastos menores como gasolina y que de esto nunca ha hablado con el presidente López Obrador.

En la entrevista, Pío López también llama a la FGR a pronunciarse y dar cumplimiento al amparo que le fue otorgado para saber si van a judicializar la carpeta o decidan el no ejercicio de la acción penal.

#Exclusiva | Pío López Obrador: “Solo me ha ayudado mi pequeña y verdadera familia"

Pío López aseguró que ni su hermano ni ninguna otra autoridad de ningún nivel de gobierno lo ha ayudado a frenar su caso y que en este tiempo solo ha contado con su abogado, con la Constitución y con “su pequeña y verdadera familia”, que es esposa y su hijo.

En 2020, el presidente López Obrador rechazó que lo mostrado en los videos fuera un acto de corrupción y dijo que se trató de una aportación para el movimiento político. “Son aportaciones para fortalecer el movimiento, en momentos en que la gente era la que apoyaba”, dijo en agosto de 2020 .

Un año después, se volvió a preguntar al presidente sobre elñ tema. En ese momento, pidió que se investigara y se determinara si era responsable de algún delito.

“Lo de mi hermano ha quedado muy claro, muy de manifiesto, que yo no protejo a nadie. Yo llegue aquí para encabezar una transformación… si mi hermano es responsable, que sea castigado. Yo no establezco relaciones de complicidad con nadie ni con los miembros de mi familia, yo ya no me pertenezco”, dijo el mandatario en su mañanera del 21 de octubre del 2021.

Derivado de la entrevista que Pío López dio a Expansión Pólitica, se generaron reacciones políticas, pero también se reactivaron procesos legales; este miércoles, el PRD entregó al Instituto Nacional Electoral (INE) videos, audios, fotografías y las declaraciones vertidas por Pío en la entrevista, como pruebas supervenientes a las que documentó el pasado 24 de agosto de 2020 en su contra, por presunto financiamiento ilícito en las campañas electorales.

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Piden dar parte al Ministerio Público

En un oficio enviado al juez por la defensa de Pío López Obrador este 20 de junio, se pide tomar acciones y dar vista al Ministerio Público de la Federación por el incumplimiento por parte de la FGR y que el mismo juez ya ha indicado.

En el escrito, se instruye al juez Julio Veredín Sena que no solo se solicite a la Dirección General Jurídica de la FEDE que informe si “autorizó, modificó o revocó la determinación mencionada”, sino que se le requiera de manera expresa que envíe “copia certificada de la determinación final emitida dentro de la indagatoria en contra López Obrador”, lo anterior a efecto de “poner fin a las dilaciones en el cumplimiento de la ejecutoria de amparo”.

Además, le expresa que el Secretario del Juzgado ha señalado que "advierte que la autoridad responsable ha realizado actos tendientes a efecto de dar cumplimiento a la ejecutoria”, lo cual para la defensa no es real.

“.. es ilógico que el Secretario de este Juzgado encargado del despacho por vacaciones del titular diga que la autoridad responsable ha realizado actos tendientes a dar cumplimiento; ya que, de ser así, esta hubiera cumplido con los requerimientos realizados por usted sin poner excusas para no remitir acuerdos.

"Lo que ha sucedido es todo lo contrario, la autoridad responsable ha llevado a cabo actos dilatorios para no cumplir con lo dicho por su señoría”, se indica.

También se señala que el oficio remitido a Ortiz Pinchetti no fue firmado por Alejandro Gertz Manero como se mandató, sino por otro funcionario que carece de facultades para hacerlo.

“El artículo 21 de la Ley de la Fiscalía General de la República establece que la persona titular de la Fiscalía General será suplida en sus excusas, ausencias o faltas temporales por la persona titular de la Fiscalía Especializada de Control Competencial; sin embargo, como se advierte de la firma de dicho documento, firma “el Director de Amparo por ausencia del C. Director de Control de Juicios de Amparo por suplencia del C. Fiscal General de la República”; no así el titular establecido por el artículo citado. Además, en ningún momento se justifica por qué razón tuvo que ser suplido el Fiscal General, esto es, si fue por excusa, ausencia o falta temporal”.

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