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Nueva Corte cambia reglas: reloj judicial, sesiones itinerantes y transparencia

Con las normas, los ministros buscan enfrentar la carga de asuntos que se avecina y reducir los tiempos para resolver casos.
vie 05 septiembre 2025 07:00 PM
Así fue la toma de protesta de los nuevos ministros de la SCJN: de la purificación al Senado
La nueva Corte arrancó actividades esta semana.

La extinción de dos salas de la Corte y el cumplimiento de promesas hechas en campaña obligaron a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a emitir nuevas reglas para normar debates, agilizar sesiones y votaciones.

Entre los cambios que debieron avalar para poder operar en el futuro, ante la extinción de las dos salas de la Corte en su etapa previa, está la reducción de las discusiones con límite de tiempo para el uso de la palabra y distribución del trabajo para que ahora los miles de asuntos puedan ser discutidos y votados por los nueve ministros.

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El reloj judicial

Antes las sesiones eran largas y podían centrarse en cuestiones procesales en lugar de ir a la resolución de fondo; incluso un asunto se podía resolver en dos sesiones.

En la SCJN pasada el ministro ponente no tenía tiempo límite y podía presentar los distintos capítulos de su proyecto y en ellos podía haber intervenciones libres de sus compañeros.

Ahora habrá reloj judicial y se plantea que la exposición del ministro o ministra ponente dure máximo diez minutos y “debe centrarse en los argumentos sustanciales que den solución al asunto, excluyendo, de ser posible, los aspectos relativos a la procedencia”.

Antes sólo la procedencia para resolver un asunto podría generar un largo debate. Un ejemplo fue el primer análisis de los recursos interpuestos contra la reforma judicial, en 2024.

Definir la procedencia permite definir si se requiere entrar al fondo de los asuntos. Eso llevó a que en ocasiones, si un expediente resultaba improcedente, ya no se entraba al fondo del asunto.

Ahora el ministro presidente conducirá el debate, llevará el reloj para ver los tiempos y marcar cuando un ministro esté por agotar sus minutos de intervención. Estará prohibido que un ministro interrumpa a otro.

La ministra o ministro ponente tendrán máximo diez minutos para exponga su propuesta y el proyecto de resolución correspondiente, ya en el fondo del asunto.

Sólo podrán exponerse cuestiones procesales cuando sea la materia principal del proyecto; sea indispensable para que el Pleno adopte un nuevo criterio; si una persona ministra lo solicita o ya se haya iniciado debate con relación a ellos y se estime que pueden existir razones o motivos que se deben dilucidar y decidir.

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Tras la exposición inicial, antes cada ministro podía debatir el asunto propuesto por el ponente –fuera apenas de procedencia o de fondo- y tampoco había límite para su participación, ni sobre la temática a abordar respecto al caso.

Ahora tendrán hasta siete minutos para exponer sus argumentos y, concluidas todas las intervenciones, el ponente tendrá hasta cinco minutos para responder a todas ellas en una sola participación.

Si hay una segunda ronda de discusión los ministros tendrán máximo cinco minutos para intervenir y el ponente responderá a todos los argumentos que se hayan vertido durante tres minutos.

“Cuando el asunto lo amerite, de manera excepcional, la Presidencia podrá abrir las rondas de debates que estime necesarias, fijando el tiempo de intervención”.

¿Qué días sesionarán?

En el periodo anterior la SCJN sesionaba lunes, martes y jueves. Antes de la reforma judicial contaba con dos salas, de los once ministros cinco integraban la primera, que resolvía asuntos civiles y penales; la segunda atendía casos administrativos y laborales y la presidencia de la Corte no integraba una sala.

Ahora que no existen salas el Pleno de la SCJN sesionará cuatro días, de lunes a jueves, y si así se acuerda puede sesionar en otro día hábil o inhábil y “excepcionalmente, podrá hacerlo los viernes”.

Los lunes y martes se discutirán los proyectos de resolución que entren al estudio de fondo de controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad, recursos de inconformidad, incidentes de inejecución de sentencia y declaratorias generales de inconstitucionalidad.

Otros temas que serán para esos días serán los relativos a contradicciones de criterios, constitucionalidad de las consultas populares convocadas por el Congreso de la Unión; recursos de revisión en materia de seguridad nacional y asuntos en los que se reciban sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dictadas contra el Estado Mexicano.

Todas esas materias eran resueltas por el pleno de once ministros, ahora será el pleno de nueve.

Los asuntos que antes eran de la primera sala: materias penal y civil ser verán en el pleno de la SCJN los miércoles.

Los casos relativos a materias administrativa y laboral, que en el pasado abordaba la segunda sala, serán la materia de los plenos de la Corte los jueves.

Asuntos que veía la segunda sala y relacionados con amparos y su estudio de fondo, solicitudes de atracción de éstos o asuntos que no ameriten estudio de fondo serán indistintamente miércoles o jueves.

Excepcionalmente podrán sesionar también los viernes.

Las sesiones itinerantes de la SCJN

Sesionar fuera de la SCJN y en campo, fue planteado por el hoy ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz durante su campaña para conseguir el cargo y antes no existía esa posibilidad.

Antes había sesiones ordinarias y extraordinarias además de privadas aunque no se estableciera expresamente en su reglamento.

Ahora se fijaron cinco tipos: ordinarias y extraordinarias; sesiones solemnes; sesiones privadas y sesiones extraordinarias en territorio (itinerantes)

“Cuando así lo determine en razón del interés y trascendencia del asunto en cuestión” el Pleno podrá sesionar en sedes distintas a la principal, ubicada en la Ciudad de México y de forma excepcional.

Esas serán las sesiones extraordinarias en territorio y se acordarán por decisión propia o a petición de la ciudadanía “exponiendo las razones que la motiven”.

Debe solicitarse que se realice esa modalidad de plenaria antes del cierre de instrucción (es decir antes de que esté listo el proyecto que será llevado a votación); para el caso de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad o antes de la publicación de la lista en los demás casos sobre otras materias.

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La decisión de sacar a la SCJN de sus oficinas en CDMX se tomará “en sesión privada y por mayoría simple y se deberá precisar el día, hora y lugar en que deba celebrarse” la sesión.

“Las áreas correspondientes” de la SCJN coordinarán para garantizar seguridad y buen desarrollo.

Si se realiza en Pueblos y Comunidades Indígenas o Afromexicanas, las esas áreas “establecerán una relación de coordinación con las autoridades comunitarias a fin de respetar sus normas, costumbres y formas de organización”.

¿Hay transparencia en la nueva SCJN?

El reglamento indica que habrá sesiones privadas y serán para tratar temas relacionados con las elecciones judiciales. Por ejemplo propuestas para integrar el Comité de Evaluación del Poder Judicial, instancia creada para proponer aspirantes idóneos a jueces, magistrados o ministros; o bien se tratarán impugnaciones a la elección de magistrados electorales.

También se resolverá de forma privada solicitudes de resolución prioritaria que establece el artículo 94 de la Constitución, relativo a expedir acuerdos generales o remitir asuntos a los Plenos Regionales y a los Tribunales Colegiados de Circuito.

Se indica que tres días antes de que sesione el pleno de forma ordinaria se deberá publicar la lista de asuntos y ese plazo no implica el día de la publicación ni el de la sesión.

Se estableció además la obligación de los ministros ponentes a publicar, el día que sean listados, todos los proyectos de sentencia en versión pública.

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