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¿En qué consistió la Reforma Judicial de Ernesto Zedillo en 1994?

El 5 de diciembre de 1994, a cuatro días de su toma de posesión como presidente, Ernesto Zedillo presentó una iniciativa de reforma en la que propuso cambios estructurales en materia de justicia.
vie 13 septiembre 2024 12:02 PM
Toma de presidencia, llegadas
En 1994, Zedillo propuso una reforma mediante la cual, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se fortaleció como tribunal constitucional y se creó el Consejo de la Judicatura Federal.

Hace 30 años, el expresidente de México Ernesto Zedillo Ponce de León propuso una Reforma Judicial, al igual que en este 2024 lo hizo el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Dicha reforma representó cambios sin precedente, pues el expresidente transformó la composición, estructura y funciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Aquí te contamos los detalles de la reforma judicial de 1994.

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La iniciativa fue presenta el 5 de diciembre de 1994, cuatro días después de que Zedillo tomó posesión de la Presidencia de México.

La reforma provocó cambios en materia de seguridad pública, procuración de justicia y administración de justicia.

La medida más controversial estuvo en la propuesta de reducir de 26 a 11 ministros la Suprema Corte y que los que estaban en funciones fueran jubilados antcipadamente y se diera paso a un proceso de selección de nuevos ministros.

Dado que en ese entonces, el PRI ya no contaba con los legisladores necesarios para modificar por sí mismo la Constitución, la reforma se negoció con la oposición.

El dictamen modificó 27 de los 136 artículos de la Constitución y destacó porque estableció la organización y competencias del Poder Judicial de la Federación.

Creó el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) como instancia encargada de la administración y vigilancia de los tribunales federales y, rediseñó de la estructura y atribuciones de la SCJN para convertirla en un órgano más compacto e influyente, dedicado a la resolución de asuntos que involucraban la interpretación de la Constitución federal.

La reforma de Zedillo redujo de 26 a 11 en su número de integrantes y estableció un periodo fijo de 15 años en el cargo y no hasta que llegaran a la edad de retiro obligatorio de 70 años.

Además, fijó requisitos más estrictos para ser ministro de la SCJN y cambios en la manera en que éstos eran propuestos y votados.

Los nuevos requisitos establecieron así, que no podrían ser ministros aquellos que habían desempeñado ciertos cargos públicos durante el año precedente al que fueran propuestos al Alto Tribunal. Además, de que tendrían una recomendación para designar "preferente" las personas que hubieran servido con eficiencia como jueces o abogados practicantes.

La reforma planteó también que durante los dos años posteriores al retiro, los exministros quedarían impedidos para desempeñarse en un cargo dentro del gabinete legal o ampliado, o cualquier otro de elección popular de tipo federal, incluyendo la elección de gobernador, o así como para actuar como patronos, abogados o representantes ante los órganos del Poder Judicial.

Zedillo incluyó en la reforma la creación de una carrera judicial, formada por 10 categorías administrativas, que van de los magistrados de Circuito y jueces de Distrito a los secretarios de acuerdos y "actuarios".

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La carrera judicial se estableció, sería administrada y regulada por un Instituto de la Judicatura.

La reforma de Zedillo también dio pie a la creación de una nueva acción legal para cuestionar la constitucionalidad de una ley federal o estatal, así se pasó de los "amparos contra leyes" a las "acciones de inconstitucionalidad", mediante las cuales se plantean posibles contradicciones entre una norma de carácter general y la Constitución.

El proyecto de decreto fue aprobado por unanimidad en lo general y en lo particular con las modificaciones aprobadas, el 18 de diciembre de 1994 en el Senado. El PRD abandonó el salón de plenos antes de la votación.

El 22 de diciembre de 1994, la iniciativa fue aprobada en la Cámara de Diputados por 381 votos a favor, contra 66.

El 30 de diciembre 1994, una vez recabadas las aprobaciones a las reformas, por parte de las legislaturas de los estados de Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Morelos, Querétaro, Quintana Roo, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión declaró reformados los artículos constitucionales, pasando el decreto al Ejecutivo para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1994, por lo que tales reformas entraron en vigor el 1 de enero de 1995.

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