El Tribunal no anuló ese proceso, pero reconoció el contexto de violencia suscitado en esa elección y también en la de Tamaulipas en este año por lo que vinculó al INE a generar una estrategia para prevenir y enfrentar circunstancias como esas.
Por ello en ambas sentencias de resolución ordenó medidas de no repetición y se mandató al INE generar de reglas de actuación para “prevenir escenarios de riesgo derivados, entre otras, de la injerencia de la delincuencia organizada” que pudieran afectar el derecho de los ciudadanos a emitir su voto en libertad.
El documento aprobado por el Consejo General del INE se hará del conocimiento de los titulares de las Secretarías de Gobernación, Defensa Nacional (Sedena), Marina, Seguridad Pública; Centro Nacional de Inteligencia; Fiscalía General de la República; Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, los 32 Organismos Públicos Locales Electorales (OPL), las Vocalías Ejecutivas Locales y 32 gobernadores.
“Para los procesos electorales locales 2022-2023 en Coahuila y el Estado de México, así como para los procesos electorales 2023-2024 se deberá de instrumentar el presente Protocolo”, se acordó.
De acuerdo con las reglas, las autoridades estatales y federales responsables de seguridad deberán sesionar en mesas de coordinación con los estados para abordar temas de seguridad, con el fin de identificar tres tipos de problemáticas: de inseguridad, sociales y por la presencia de crimen organizado, así como de mapear esas situaciones por entidades, distritos federales y/o locales o los municipios.
Serán esas autoridades, los cuerpos de seguridad pública de la Federación, de los estados y de los municipios o, en su caso, las fuerzas armadas, las que deban atender las situaciones de riesgo pues se recuerda que entre sus atribuciones están las de garantizar la seguridad pública, asegurar el orden y garantizar el desarrollo de la jornada electoral.
Sin embargo, deben compartir la información y prestar auxilio al INE y los OPL “desde el inicio y hasta la conclusión del proceso electoral que corresponda” o el proceso de participación ciudadana.
Las mesas coordinadoras “en el marco de los convenios de coordinación interinstitucional podrán calificar las problemáticas en tres niveles para valorar las complicaciones”.
En el nivel I, sólo de identificación de las zonas, “distritos y/o municipios que se encuentren en una condición latente a complicarse o a reactivarse, en caso de haber tenido antecedente de problemática”.
El II ya requerirá mediación por existir “una complicación que podría resolverse con la participación de alguna de las autoridades que integren en las mesas”.
El tipo III necesitará intervención y “la actuación inmediata y coordinada entre las autoridades del Estado y/o de seguridad pública correspondientes”.
El documento recuerda que según el artículo 41 de la Constitución el INE tiene la atribución de “asumir directamente” una elección si detecta “factores sociales que afecten la paz pública o pongan a la sociedad en grave riesgo”, impida la organización pacífica de la elección o cuando no existan condiciones políticas idóneas, por injerencia de los poderes públicos locales.
Esa posibilidad se ampliará ahora ante casos de posible violencia electoral o intervención de grupos de la delincuencia y “en cualquier etapa en que se encuentre” un proceso electoral, cuyas fases son preparación de la elección; jornada electoral; resultados y declaraciones de validez de las elecciones y dictamen y declaraciones de validez de la elección.