Revocación en tres pasos
En su propuesta, Sauri Riancho recordó que la Ley Federal de Revocación de Mandato –pendiente de aprobación en el Congreso- busca regular el antes y durante el proceso revocatorio.
Pero no hay disposición sobre qué procedería en caso de que se apruebe la revocación del presidente, salvo tres pasos previstos en la Constitución.
El primero, que el Ejecutivo sería revocado, el segundo, que asumiría la presidencia provisional “quien ocupe la presidencia del Congreso” y de acuerdo al artículo 5 de la Ley Orgánica del Congreso General esa presidencia provisional será para quien ocupe la Presidencia de la Cámara de Diputados.
El tercer paso ya establecido es que este presidente interino deberá convocar dentro de los 30 días siguientes a un Congreso General que se constituirá en Colegio Electoral para nombrar a quien concluirá el período constitucional.
Vacíos legales
Pero no están previstos los escenarios en caso de que se alarguen los tiempos de resolución de litigios, en caso de que el Congreso entre en receso legislativo, haya desacuerdos en el Congreso para convocar a periodo extraordinario de sesiones, o no haya acuerdos para elección de presidente provisional en el Colegio Electoral.
Habría problemas, previó la legisladora del tricolor, si el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resuelve las impugnaciones en los tiempos actuales (aproximadamente 54 días para el caso de diputados federales), pues la ley no establece plazos especiales para resolver sobre un proceso de revocación.
También habría posibles conflictos si aún no se resuelven esos recursos, termina el periodo ordinario de las cámaras del Congreso y éstas entran en receso.
Y si en ese momento se da el escenario que “no es en absoluto deseable, pero es posible” en que el presidente López Obrador sea revocado, la eventual presidencia provisional (a cargo del presidente del Congreso) no podría asumir hasta que la Comisión Permanente convoque a periodo extraordinario.
Entonces, podría ocurrir que no se alcance la mayoría calificada para esa convocatoria a periodo extra y que haya presidente provisional.
Todo este planteamiento, expuso, es porque los legisladores tienen la obligación de anticipar mínimamente los retos normativos en caso de revocación, y proponer un diseño legal que evite crisis.