La ministra Margarita Ríos-Farjat votó a favor de la constitucionalidad de la pregunta. Al argumentar su voto, refirió que no coincide con los motivos del proyecto Aguilar, particularmente porque no planteó la posibilidad a la Suprema Corte de modificar la pregunta.
“Me basta saber que la pregunta podría admitir modificaciones para entonces explorar alternativas viables que sean acorde al derecho humano en juego”, destacó.
El ministro Javier Laynez Potisek consideró inconstitucional la materia, porque recordó que la restricción de los derechos humanos no pueden ser objeto de consulta, además cuestionó por qué en algunos casos se pide su opinión a los ciudadanos y en otros no, cuando la misma ley establece que las faltas deben ser sancionadas.
“La justicia no se consulta porque afecta los mecanismos protectores de los derechos humanos y los derechos humanos mismos”, manifestó.
¿Qué sigue para la consulta?
De acuerdo con el artículo 26 de la Ley Federal de Consulta Popular , una vez avalada a constitucionalidad de la pregunta, ésta no podrá ser modificada.
Ahora corresponderá al presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, Eduardo Ramírez Aguilar, publicar la resolución en la Gaceta Parlamentaria y turnar la petición a la Comisión de Gobernación para su análisis.
Posteriormente, deberá ser aprobada o rechazada en el pleno de la Cámara de Diputados y el Senado. Si es rechazada, el trámite concluye ahí, pero si se aprueba, el Congreso expedirá mediante decreto la convocatoria a la consulta ciudadana y notificará al Instituto Nacional Electoral para la organización de ésta.