Quitan 'candado' a magistrados y jueces
La segunda reserva admitida la presentó el diputado Jesús Martín Cuanalo Araujo, del PVEM, quien planteó cambiar el segundo párrafo del artículo 101 constitucional en una materia que no había sido propuesta antes, ni por Morena ni en los foros.
Esta es para que a los magistrados de circuito y jueces de distrito “no se limite su derecho a ejercer su profesión en Derecho fuera del circuito judicial de su adscripción al momento de dejar el cargo”.
Este artículo indicaba que las personas que hayan ocupado el cargo de Ministro de la Suprema Corte de Justicia, Magistrado de Circuito, Juez de Distrito o Consejero de la Judicatura Federal, así como Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral, no podrían, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación.
El legislador reconoció que aunque la redacción original del artículo era un blindaje para evitar corrupción, propuso retirar el candado para no afectar a los jueces y magistrados.
“Porque sabemos que en el Poder Judicial existen excelentes juezas, jueces, magistradas y magistrados que aún después de dejar el cargo pueden enriquecer con su conocimiento, profesionalismo y con su experiencia, el ejercicio del derecho y seguir trabajando en beneficio de nuestra hermosa nación”, detalló.
Ahora al terminar su cargo no estarán limitados a trabajar dos años y podrán hacerlo fuera de su circunscripción en cualquier parte del territorio nacional.
La inclusión de la palabra "juezas"
Otra reserva que sí fue aceptada fue presentada por Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Partido del Trabajo (PT), y consistió en modificar el artículo 17 de la Constitución solamente para incluir la palabra “juezas” en el apartado que obliga a todo juzgador a resolver con expeditez los casos, en un máximo de seis meses contados a partir de que conozcan de un asunto.