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El fondo de protección a periodistas mal aplicado, reporta la ASF

Se detecta, por ejemplo, que la empresa que contratada por Segob para proteger periodistas subcontrató a otra, que a su vez, también contrató a personal externo.
lun 21 febrero 2022 03:11 PM
(Periodistas protestaron durante la conferencia del Presidente Andrés Manuel López Obrador en Tijuana)
Esa dependencia “no acreditó haber prestado el servicio de seguridad por el que se pagaron 403 mil pesos, pues de 5 facturas no se proporcionaron los controles de asistencia del personal que otorgó el servicio”, consignó la ASF.

La auditoría al Fondo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas en su ejercicio 2020 reveló deficiencias en su diseño, operación, en la empresa contratada para brindar seguridad a quienes están en riesgo, cobros de más y ausencia de supervisión.

Así, el mecanismo de Protección a Periodistas y Defensores de Derechos Humanos está amenazado no sólo por el decreto del Poder Legislativo que ordenó la extinción de ese Fondo, en aras de la austeridad, sino también por las deficiencias que enfrenta.

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La ASF auditó el Fondo, uno de los 109 que debe desaparecer para concentrar sus recursos en la Tesorería de la Federación (Tesofe), pese a que en el país se denuncia la persistencia de amenazas a la libertad de expresión y el trabajo de los comunicadores, tanto por amagos de grupos delincuenciales como por agresiones de servidores públicos.

Aunque la Auditoría constató que no se ha realizado ninguna actividad tendiente a su desaparición, sí evidenció sus deficiencias, entre ellas el poner la seguridad de las personas en riesgo en manos de una empresa a la que no se supervisa, o realizar pagos por servicios no recibidos ni revisar bitácoras que acrediten la protección contratada.

Por ejemplo, de acuerdo a la ASF, que revisó la totalidad de los ingresos del Fondo en 2020, por 227.6 millones de pesos y egresos, por 374.3 millones de pesos, hasta el Servicio de Protección Federal, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana cobró por servicios no comprobados.

Esa dependencia “no acreditó haber prestado el servicio de seguridad por el que se pagaron 403 mil pesos, pues de 5 facturas no se proporcionaron los controles de asistencia del personal que otorgó el servicio”, consignó la ASF, que ubicó ese monto como un pendiente por aclarar.

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De acuerdo al documento, entregado el domingo por el titular de la ASF, David Colmenares a diputados de la Comisión de Vigilancia de la ASF, la seguridad de defensores y periodistas en riesgo se puso en manos de una empresa, RCU, Servicios, S.A. de C.V. –que ha sido contratada desde 2012 para esas tareas– misma que subcontrató el servicio de escoltas pero estos a su vez también tienen contrató con otra empresa.

“No se vigiló que el prestador de servicios contratado para el Mecanismo de Protección contara con los recursos humanos, técnicos y demás necesarios, ya que en el contrato con la Secretaría de Gobernación manifestó tener personal subcontratado con una empresa, cuando, como resultado de la vista domiciliaria practicada a la empresa subcontratada, se comprobó que el personal que otorgó los servicios de escoltas se subcontrató con otra empresa”, sin informarlo a la dependencia.

Además, conforme a la revisión, Segob no supervisó el mecanismo, pues permitió que de enero a diciembre de 2020 no hubiera evidencia del correcto funcionamiento de 136 botones de alarma y la empresa cobró por arrendamiento de sensores, de un refugio de seguridad y de equipo de telefonía satelital sin que se haya acreditado la prestación de esos servicios, por los que se pagaron 55.7 miles de pesos.

Tampoco se hallaron bitácoras que muestren que se dio seguimiento telefónico a los beneficiarios de la protección, que la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos de Segob contara con los reportes periódicos del prestador de servicios “ni con la memoria fotográfica de los botones de asistencia”.

Sobre la parte normativa, la ASF consignó que se carece de reglas para determinar los casos en que se deben prestar medidas de protección de manera individual o colectiva, la utilización de un refugio, escolta, la instalación de cerraduras y/o botón de asistencia.

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