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Magistrados: Aval del Tribunal a “acordeones” abre puerta a que regresen en 2027

Los magistrados que pidieron anular la elección de la SCJN consideraron que sólo resta la investigación que realice el Instituto Nacional Electoral (INE).
jue 21 agosto 2025 05:43 PM
¿Se puede llevar "acordeón" para votar en la elección judicial del 1 de junio?
Antes de la elección del 1 de junio se repartieron miles de acordeones físicos y digitales con los nombres de aspirantes que, a la postre, resultaron ganadores.

La sentencia por la que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desestimó la existencia de una estrategia generalizada en el país para, vía ''acordeones'', incidir en el voto, podría abrir la puerta a que se repita ese fenómeno en las elecciones de 2027, estimó la magistrada Janine Otálora Malassis.

“Se correría ese riesgo”, valoró la magistrada, mientras que el también magistrado Reyes Rodríguez Mondragón recordó que con la sesión de ayer la Sala Superior al parecer elevará los estándares para comprobar irregularidades electorales.

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Ambos magistrados plantearon esta semana la anulación de la elección judicial por el uso sistemático de los ''acordeones''.

En entrevista, ambos magistrados establecieron que por ahora la elección judicial ya quedó validada, al resolverse que no se anulará pese a la proliferación de acordeones y la estrategia que estuvo detrás de ellos.

Sólo resta la investigación que realice el Instituto Nacional Electoral (INE), y esperar el engrose de la sentencia por la que el miércoles tres de cinco magistrados del TEPJF rechazaron la anulación de la elección de ministros.

Eso es relevante, indicó el magistrado Rodríguez Mondragón, porque podría definir cómo serían considerados los “acordeones” en una nueva elección judicial.

“Depende que digan en el engrose de la sentencia, lo que escuchamos en la sesión es que en realidad los estándares para probar que un acordeón de este tipo de los que existieron en la elección judicial sólo podría afectar la elección si alguien comprueba varios elementos.

“¿Quién los imprimió?, que les den facturas, ¿Quién los entregó?, ¿Cómo y cuándo?, ¿En qué distrito?, ¿En qué casilla? y si lo guardó en su cartera para que después un actor los exhibiera como prueba. Son mas requisitos que los que los candidatos tienen que cumplir”, expuso.

Si se refleja así en los engroses de la sentencia, “pues tendremos digamos estándares muy exigentes para probar una intervención o una injerencia que desde el diseño legal está prohibido”, dijo al recordar que la existencia misma de esos listados es ilegal, pues la ley se prohibió todo tipo de intervención.

“Este modelo de elección, como está en la Constitución y en la ley, no permite la intervención de nadie, o sea, solamente está centrado en lo que las candidaturas pueden hacer con el dinero que tienen y en redes sociales y nada más. Y no pueden ni pagar en redes sociales la potenciación de sus mensajes'', agregó.

“Entonces, el diseño de la elección está, digamos, con muchas restricciones porque buscaba garantizar, por supuesto, una elección limpia, una elección transparente, sin injerencias externas, etcétera”.

Pero para el magistrado Rodríguez, el problema de ese marco legal restrictivo es “que se generen estándares que faciliten la comisión de ilícitos”.

Por ello, lo que podría modificar el estado de cosas es si los legisladores modifican las reglas de una nueva elección judicial.

Para la magistrada Otálora debería repensarse todo el modelo de elección judicial y no sólo cómo se realizó la de este año, para que la ciudanía si pueda conocer con claridad “por quién votar o por quién no votar. Y hoy por hoy no saben, no es viable”.

Quizás -dijo- desde el INE pudo haberse difundido “tres líneas esenciales de cada candidatura que la gente pudiera ver y no tener que entrar a la página del INE, que era muy complicado para ver tres mil y pico de candidaturas''.

“Si se hubiera dado una documentación impresa con presentación de todas las candidaturas hubiera sido algo favorable a la democracia”.

Ambos magistrados valoraron que una de las decisiones del TEPJF que no favoreció a la certeza de la elección judicial fue el que se haya autorizado a servidores públicos y gobernantes difundir la elección, asunto que ellos votaron en contra.

“Nosotros votamos en contra por lo delicado que era justamente permitir (eso)”, indicó Otálora.

“Fue una permisión contraria a la ley, pero que facilitó, generó condiciones de riesgo”, valoró Reyes.

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