El error de origen: la tentación de gastar antes de que exista sentencia
Aquí está el eje más delicado, y el que más debería inquietar a cualquier abogado constitucionalista antes que a cualquier consultor de seguridad.
La Suprema Corte ya fijó, desde 2021-2022, que la extinción de dominio en México es un procedimiento jurisdiccional centrado en el origen ilícito del bien, no en su destino o uso.
Y sin embargo, la reforma más reciente abre la puerta a la disposición anticipada de bienes —es decir, a que el Estado los use, entregue o incorpore al gasto público antes de que exista sentencia firme.
Es una apuesta política comprensible: "que el bien sirva a la gente ya".
Pero es también un pasivo contingente que nadie está contabilizando: ¿qué pasa cuando, después de repartir el bien en un Tianguis del Bienestar, un juez determina que la procedencia era lícita?
El Estado no tiene, hasta donde publica la información disponible, una respuesta financiera preparada para ese escenario.
El error de opacidad: el gasto que nadie puede rastrear
Y llegamos al punto que debería doler más a cualquier contribuyente: no existe, hasta donde se ha podido documentar, un solo reporte público que conecte un bien decomisado específico con la partida de gasto corriente en la que terminó.
Hay anuncios —salud, apoyo tras el huracán Erick—, pero no hay balance consolidado. Estados Unidos, con todas sus propias fallas, publica con nombre y monto cada bloqueo de activos vía OFAC.
México publica cifras agregadas de subastas y comunicados de buena voluntad. La asimetría de transparencia entre ambos países, tratándose del mismo fenómeno criminal, es en sí misma un diagnóstico.
Trazabilidad de extremo a extremo, no discursos de extremo a extremo
La solución no requiere una ley nueva; requiere ejecutar la que ya existe con un componente que hoy no tiene: un folio único de trazabilidad por bien, público y consultable, que siga cada objeto desde el acta de aseguramiento hasta su destino final —subasta, entrega en especie o incorporación presupuestal— con actualización trimestral obligatoria y auditoría física aleatoria, no solo documental, de los predios de resguardo.
Sin ese folio, cualquier decomiso —por espectacular que sea el boletín de prensa— seguirá siendo, en la práctica, un bien que el Estado le quitó al crimen organizado para después perderle la pista él mismo.
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Nota del editor: Alberto Guerrero Baena es consultor especializado en Política de Seguridad, Policía y Movimientos Sociales, además de titular de la Escuela de Seguridad Pública y Política Criminal del Instituto Latinoamericano de Estudios Estratégicos, así como exfuncionario de Seguridad Municipal y Estatal. Puedes escucharlo con su análisis en Políticas de Seguridad los martes a las 5:25 hrs y los miércoles a las 18:20 hrs en MVS Noticias, en el 102.5 FM de la Ciudad de México. Escríbele a albertobaenamx@gmail.com y síguelo en redes sociales como @guerrerobaenamx Las opiniones publicadas en esta columna corresponden exclusivamente al autor.