Oficialmente, el Panal perdió el registro el 12 de septiembre de 2018, como consecuencia de un pobre rendimiento electoral: 1.02% de la votación en la elección de presidente de la República; en la de senadores logró solamente el 2.41% por el principio de mayoría relativa y 2.40% por representación proporcional (RP).
Su mejor resultado lo obtuvo en la elección de diputados federales, con el 2.58% por mayoría y el 2.57% por RP. En todo caso, cifras muy por debajo del 3% del total de la votación válida emitida exigido --en cualquier elección-- por el artículo 41 constitucional como mínimo para evitar la cancelación del registro.
Nos encontramos ante un nuevo espécimen de partido político. El partido panal representa el fracaso de un proyecto con aspiraciones nacionales, una organización política que se fragmenta y sobrevive, apenas, aferrándose al presupuesto público en algunos estados como partido local. Un partido cuya estructura centralizada se disemina, se regionaliza. Una organización que se pretende uniforme, pero que acaba desbaratándose y seccionándose a manera de un conjunto de celdillas, como quien ve un panal.
Una legislación electoral que por momentos parece diseñada para ensañarse en contra de los partidos políticos nuevos, les ofrece una oportunidad a los partidos nacionales que pierden su registro. El párrafo quinto del artículo 95 de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP) representa una competencia desleal ante genuinos esfuerzos de representación local, pero una verdadera tabla de salvación para grupos fallidos en lo nacional obstinados a pervivir en lo local. Atentos, PRD y PRI.