Dada la envergadura y el impacto de esta decisión, es responsabilidad de las instituciones del Estado mexicano otorgar los instrumentos y las garantías para que se realice como lo establece nuestro marco legal, con los recursos disponibles, cumpliendo los mismos estándares con los que se organizan los comicios, y garantizar el ejercicio de los derechos político-electorales de la ciudadanía, con los mismos principios rectores de legalidad, certeza, imparcialidad, objetividad, independencia, máxima publicidad y equidad de género.
Estos instrumentos son perfectibles y deben estar sujetos al análisis, abiertos a propuestas de mejoramiento, como se propone en el artículo 12 de la ley antes mencionada; con el fin de reunir y alcanzar la cantidad necesaria de apoyos a determinada propuesta, el INE tiene la facultad de desarrollar y permitir el empleo de instrumentos tecnológicos que sean de fácil acceso para la ciudadanía en general.
En un futuro, cuando nuestro marco legal permita el uso de las nuevas tecnologías para facilitar la participación y agilizar muchos procedimientos, por supuesto, considerando la brecha digital, se podrá lograr que en el mediano y largo plazo se normalice la participación digital en consultas ciudadanas.
Mientras llegamos a ese lugar, debemos considerar que la inminente consulta de revocación de mandato del 10 de abril sentará un precedente histórico. Este puede ser el parteaguas para una sana democracia, con una participación ciudadana más sólida, lista para utilizar las herramientas para hacer valer sus derechos político-electorales y cumplir cabalmente con el artículo 39 de nuestra Constitución, asumiendo que su participación política debe ser algo recurrente y permanente, exigiendo la rendición de cuentas a sus autoridades, y mateniéndose vigilante del ejercicio de los poderes públicos.
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Nota del editor:
La autora es consejera electoral en el Instituto Nacional Electoral (INE).
Las opiniones de este artículo son responsabilidad única de la autora.