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#ColumnaInvitada | Reelección de diputaciones federales

No existe mayor regulación que establezca cómo va a funcionar la reelección legislativa. Al respecto, preocupa especialmente el tema de la separación del cargo y el uso de recursos públicos .
jue 10 diciembre 2020 11:58 PM
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Los actuales diputados están en posibilidad de buscar la reelección.

Desde 2014 se permitió a nivel constitución que las diputaciones y las senadurías pudieran contender en una elección consecutiva, o dicho de forma más coloquial, pudieran reelegirse. Las primeras hasta por tres periodos y las segundas solamente uno, de manera que un parlamentario pudiera ocupar su escaño hasta por 12 años consecutivos. Quienes resultaran electos en 2018 serían las y los primeros que podrían optar por la reelección, en 2021 para diputaciones federales y en 2024 para las senadurías.

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La única regla que se estableció para poder optar por la reelección era que el mismo partido que les postuló en 2018, o alguno de los partidos de la coalición que les hubiera postulado originalmente, volviera a hacerlo. La excepción a esta regla es que, si renuncian al partido antes de cumplir la mitad del tiempo del cargo para el que fueron electos; es decir, máximo al año y medio de rendir protesta al cargo, entonces pueden buscar la reelección por otro partido político.

Salvo esta previsión, no existe mayor regulación que establezca cómo va a funcionar la reelección legislativa. Al respecto, preocupa especialmente el tema de la separación del cargo y el uso de recursos públicos que pudieran hacer durante las campañas, al ostentar el cargo legislativo y una candidatura al mismo tiempo. Es lamentable que algo que en otros países no representa un problema, pues las campañas las hacen con recursos propios o de sus partidos políticos, en México sea una preocupación cotidiana: el posible desvío de recursos públicos para incidir en la contienda electoral.

Volviendo al tema de regulación de esta figura, a pesar de que la LXIII Legislatura (2015-2018) tuvo tres años para regular la reelección no lo hizo, y aunque esta legislatura (2018-2021) hizo un intento de regularla esta se detuvo en el Senado de la República y no se aprobó a tiempo para poder aplicarse a estas elecciones. Lo cierto es que este intento fue muy criticado, ya que los sujetos regulados (legisladores y legisladoras que se pueden reelegir), establecieran las reglas que serán por primera vez aplicables en su propia reelección. Finalmente, el proceso electoral federal empezó sin que hubiera legislación sobre la elección consecutiva.

Ante este vacío legislativo, el Instituto Nacional Electoral, en ejercicio de su facultad reguladora y, bajo la premisa propia del sistema electoral mexicano de entre más reglas mejor, el lunes emitió los lineamientos que deberán atender los diputados y las diputadas que busquen la reelección en 2021. En esencia las reglas establecidas son:

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  • No es necesario que legisladores y legisladoras se separen de su cargo para buscar su reelección, pero si optan por quedarse en su escaño deberán continuar cumpliendo con su trabajo legislativo, especialmente asistir a las sesiones de la Cámara de Diputados.
  • Quienes busquen la reelección lo podrán hacer por la vía de mayoría relativa o de representación proporcional, ello independientemente de la vía por la que hubieren sido electos en 2018.
  • Quienes se reelijan por mayoría relativa tendrán que hacerlo por el mismo distrito en el que fueron postulados en 2018. Quienes lo hagan por representación proporcional deberá ser en la misma circunscripción.
  • La fiscalización en los casos de reelección será especialmente escrupulosa para evitar el uso de recursos públicos.

La reelección será una las novedades que veremos en las elecciones de 2021, por ahora está en la cancha de los partidos políticos decidir quiénes de sus actuales legisladoras y legisladores podrán optar por la reelección; pero el 6 de junio de 2021 seremos nosotros, la ciudadanía, quienes determinen quienes repiten en la Cámara de Diputados y quienes no.

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Nota del editor: Las opiniones de este artículo son responsabilidad única del autor.

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