''En unas cuantas horas, sin hacer una valoración de las manifestaciones y pruebas rendidas por el presidente de la República, y únicamente apoyándose en lo que dijeron los quejosos, resuelven, en contra del primer mandatario y de otros servidores públicos, 19 quejas sobre 36 conferencias de prensa matutinas'', expuso la Consejería.
La Consejería señaló que ''a pesar de tratarse de un procedimiento caducado, los magistrados electorales Luis Espíndola Morales, Rubén Lara Patrón y la magistrada en funciones, Mónica Lozano Ayala, resuelven infraccionar al titular del Ejecutivo Federal por expresar sus ideas, informar a la población y dar respuesta a las preguntas de la prensa en las conferencias de prensa de los meses de junio, julio, agosto, septiembre y octubre, de 2023''.
Lo anterior, señaló, resulta absolutamente arbitrario y violatorio de los derechos reconocidos, no solo constitucionalmente, sino en los tratados internacionales.
''Con argumentos baladíes, los magistrados electorales le adjudican a las palabras del presidente una intencionalidad distinta de lo manifestado; se convierten en adivinos de la voluntad del presidente; argumentan que, si mencionó alguna palabra, en realidad, esta se refería a Morena, y que por tanto, hacía propaganda a favor de ese partido'', expresó la Consejería.
En un comunicado, señaló que López Obrador nunca se pronunció a favor o en contra de algún partido político o candidato(a) en esas conferencias, y solo manifestó libremente sus ideas políticas.
Los magistrados, anotó, tienen un afán destructor de la democracia de nuestro país.
La Consejería informó también que promovió recurso de revisión ante la Sala Superior del TEPJF en espera de que esta, respetuosa del derecho a la libre manifestación de las ideas, del de la ciudadanía a recibir información y el de la libertad de prensa, revoque la sentencia de los magistrados de la Sala Regional Especializada.