De acuerdo con la respuesta, la información está reservada desde marzo de 2020, por lo que se podrán conocer los detalles de la presencia de agentes extranjeros hasta 2025, después de concluido el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador.
La decisión de reservar la información responde a que se trata de información confidencial, señala la respuesta de la SRE.
“Es de carácter reservada, toda vez que podría menoscabar las relaciones internacionales con dichos países, aún más cuando la información es proporcionada con el carácter de confidencial para proteger al personal designado”, señala la institución.
También se argumenta que hacer pública la información solicitada “representa un riesgo real, demostrable e identificable” para la implementación de programas de cooperación en materia de seguridad.
En caso de que se divulgará información del número, ubicación, instituciones, forma y medios de colaboración, se perjudicaría la ejecución de programas específicos de cooperación y combate a la delincuencia organizada y al narcotráfico dentro y fuera de México. Asimismo, se considera que la divulgación de la información que se reserva podría menoscabar las relaciones de cooperación en seguridad de México y futuros entendimientos, convenios y programas de cooperación bilateral relevantes para México en dicha materia, determinó la SRE.
La institución también argumenta que hacer pública esta información puede propiciar que integrantes de la delincuencia organizada tengan en sus manos la información.
“La divulgación de la información también afectaría el grado de confianza, buena fe y la calidad de la relación diplomática con el resto de los países, pues al divulgar información confidencial se pondría en peligro a las representaciones diplomáticas y a su personal diplomático acreditado en México, ya que la información respecto de los números de agentes y algún registro podría llegar a ser del conocimiento de grupos de la delincuencia organizada que tratarían de contrarrestar las acciones del Gobierno de México en estos temas”, apunta la resolución.
La institución explica que el gobierno de México, de conformidad con el artículo 69 de la Ley de Seguridad Nacional, autoriza a agentes extranjeros para “internarse temporalmente en territorio nacional para fines de intercambio de información, en el marco de los convenios y programas de cooperación bilateral suscritos por el Estado mexicano en materia de seguridad y que contribuyan a preservar la Seguridad Nacional”.