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México y Venezuela, únicas naciones que prohibirán doble nacionalidad a sus gobernantes

La reforma propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum se aprobará este martes en Cámara de Diputados; busca obligar a quien busque la Presidencia a residir en el país mínimo 20 años previos.
Las banderas de México y Venezuela, países que quedarían hermanados en prohibir a binacionales ocupar sus respectivas presidencias.
De prosperar la iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum, México y Venezuela quedarían homologados en su prohibición a personas binacionales para ocupar sus respectivas presidencias. (Fotos: Cuartoscuro)

México se alista a prohibir de forma estricta la posibilidad de gozar de doble nacionalidad para asumir la jefatura del Estado, y con ello quedará homologado a Venezuela.

De acuerdo con un estudio de la Cámara de Diputados, que prevé aprobar el martes 22 la reforma constitucional que prohíbe la binacionalidad para ejercer la Presidencia, de concretarse los cambios México iría contra la tendencia de 12 países del continente.

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El 27 de agosto pasado, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo anunció el envío al Congreso de una iniciativa de reforma constitucional para que quienes aspiren a ocupar la Presidencia de la República o gubernaturas estatales renuncien a su doble nacionalidad, en caso de tenerla.

Según el documento, la iniciativa busca “asegurar que quienes encabecen los poderes ejecutivos mantengan, antes y durante el ejercicio del cargo, un vínculo jurídico y político exclusivo con el Estado mexicano. Para ello establece una condición de elegibilidad específica, objetiva y verificable, justificada por la naturaleza de estas altas responsabilidades públicas”.

La iniciativa llegó el día 28 a la Comisión Permanente del Congreso y propone una modificación de los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución para establecer que para ocupar la Presidencia se requiere: ser ciudadano o ciudadana mexicana por nacimiento, en pleno goce de sus derechos; hijo o hija de padre o madre mexicanos.

Además, “no tener ni adquirir otra nacionalidad y en caso de tenerla renunciar a ella previo a solicitar su registro como candidato o candidata" y haber residido en el país al menos durante veinte años.

"Quien ejerza el cargo no podrá adquirir ni solicitar otra nacionalidad, ni invocar ante autoridad extranjera una nacionalidad distinta de la Mexicana”, se propone.

También se incluye la prohibición al “ uso de pasaporte o documento de identidad expedido por un Estado extranjero, el ejercicio de los derechos políticos inherentes a la ciudadanía ante este y el acogerse a su protección diplomática”, según se plantea añadir al artículo 82 constitucional.

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La propuesta fue presentada luego de que, un día antes, Sheinbaum fuera cuestionada en su conferencia de prensa mañanera sobre la posibilidad de que el exgobernador de Tamaulipas, el panista Francisco Javier Cabeza de Vaca, quien posee doble nacionalidad, se postule a la Presidencia de la República en 2030, lo que la mandataria criticó por ser binacional.

La posibilidad de que se concrete la prohibición propuesta es inminente, pues la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados ya dictaminó a favor de la procedencia de la enmienda y el pleno camaral discutirá y votará el dictamen.

¿Qué establece hoy la Constitución sobre la doble nacionalidad?

La Constitución indica que la nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento en territorio, o bien por consanguinidad, es decir que los padres sean mexicanos, o por naturalización.

Es legal poseer doble nacionalidad, pero el ejercicio de cargos y funciones que requieran ser mexicano por nacimiento, “se reserva a quienes tengan esa calidad y no adquieran otra nacionalidad”.

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En el artículo sobre los requisitos para acceder a la presidencia se agrega que se requiere ser persona ciudadana mexicana por nacimiento, e hijo o hija de padre o madre mexicanos.

De acuerdo al Observatorio Legislativo de Asuntos Globales de la Cámara de Diputados es por la redacción del conjunto de todas esas disposiciones que la restricción a ocupar los primera magistratura del país a quienes son binacionales, ya existe, pues se prohibe “adquirir otra” nacionalidad.

“La interpretación sistemática de estas disposiciones puede derivar en una inhabilitación de quienes ostentan doble nacionalidad para encabezar el Poder Ejecutivo federal, entre otros cargos que expresamente requieren la ciudadanía mexicana por nacimiento y no adquirir otra nacionalidad”.

Es decir, que para ocupar la Presidencia los aspirantes binacionales por naturalización tendrían que renunciar a su otra nacionalidad.

Así, lo que la reforma lo que lograría sería dar más claridad a la prohibición.

Además, según la exposición de la misma iniciativa, se reconoce que la redacción hoy vigente “representa un vacío legal que ha dado lugar a interpretaciones imprecisas que han hecho nugatorio su contenido; tan es así, que la historia reciente de México registra casos de gobernantes que han accedido a la titularidad de los Poderes Ejecutivos teniendo doble nacionalidad”.

Esto es por los casos de los gobernadores que han ejercido sin renunciar a su responsabilidad para con otro Estado.

Algunos de ellos han sido el mismo Cabeza de Vaca en Tamaulipas, de 2016 a 2022; Javier Corral en Chihuahua de 2016 a 2021, o Javier Bonilla, de Baja California, de 2019 a 2021.

Con la enmienda también estaría vedada la doble nacionalidad a los gobernadores.

México copia candados para venezolanos binacionales

La revisión de las Constituciones de Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Paraguay, Perú y Uruguay arrojó que se valora el nacimiento en sus territorios pero eso no hace que sólo los nacionales tengan derecho a gobernar.

En tanto, solo en la República Dominicana se permite aspirar al cargo a quienes posean otra nacionalidad, pero solo si renunciaron a ella con 10 años de anticipación; con ello es la única nación de la región que se ubica en una situación intermedia, ni prohibición total, ni permisión absoluta.

La nacionalidad como criterio para acceder a la presidencia

País ¿Cómo se adquiere la nacionalidad? ¿Permite más de una nacionalidad? ¿Permite más de una nacionalidad para acceder al Poder Ejecutivo
Argentina 1) Nacimiento
2) Naturalización
Brasil 1) Nacimiento
2) Naturalización
Chile 1) Nacimiento
2) Naturalización
3) Gracia conferida por ley
Colombia 1) Nacimiento
2) Adopción (naturalización)
Costa Rica 1) Nacimiento
2) Naturalización
Ecuador 1) Nacimiento
2) Naturalización
El Salvador 1) Nacimiento
2) Naturalización
Guatemala 1) Nacimiento
2) Naturalización
Honduras 1) Nacimiento
2) Naturalización
México 1) Nacimiento
2) Naturalización
No
Paraguay 1) Nacimiento
2) Naturalización
Perú 1) Nacimiento
2) Naturalización
República Dominicana 1) Nacimiento
2) Naturalización
No*
Uruguay 1) Nacimiento
2) Naturalización
Venezuela 1) Nacimiento
2) Naturalización
No

* En República Dominicana se permite aspirar al cargo a quienes posean otra nacionalidad únicamente si renunciaron a ella con 10 años de anticipación.

FUENTE: Observatorio Legislativo de Temas Globales

La investigación del Observatorio explica los diversos mecanismos que tienen las naciones del continente para obtener la condición de nacional.

Estos son el llamado derecho de suelo, es decir la nacionalidad adquirida por nacimiento en el territorio de un Estado, o el derecho de sangre conocido como consanguinidad, que es la nacionalidad que se hereda de los progenitores o antepasados.

La tercera vía de acceso a una nacionalidad es la naturalización, es decir que no es originaria, sino adquirida vía un proceso.

Se destaca que, aunque todas las naciones analizadas aceptan la múltiple nacionalidad, existen restricciones específicas para ejercer el Poder Ejecutivo.

El análisis utiliza como fuentes principales las constituciones vigentes de cada país para comparar estos requisitos legales y concluye que México, Venezuela y la República Dominicana sobresalen por exigir que sus mandatarios no posean otra nacionalidad.

En el caso mexicano esa conclusión es producto de una interpretación de los diferentes artículos constitucionales, pero la inminente reforma constitucional ya establecerá prohibiciones expresas.

El caso de la República Dominicana es un caso intermedio, pues establece que para ocupar la presidencia una persona binacional debió renunciar a su otra nacionalidad una década antes.

En Venezuela, la Constitución de la República Bolivariana reconoce la nacionalidad por nacimiento y por naturalización. y sí permite la nacionalidad múltiple.

Sin embargo, prohíbe poseer otra “para ejercer el cargo de presidente o presidenta”, y esa restricción existe desde que se promulgó la Constitución de ese país, en 1999.

Además, se refiere, “esa misma restricción aplica para otros altos cargos públicos del Estado como el Vicepresidente Ejecutivo, los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y ministros de áreas como seguridad, finanzas y defensa”.

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