Si una persona obtiene una autorización para consumir cannabis con fines recreativos, ahora podrá incluir la preparación de alimentos con esta sustancia dentro de las actividades permitidas para su propio consumo, resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Este jueves 10 de septiembre , la Corte señaló que preparar cannabis para incorporarlo a alimentos preparados o semipreparados es una actividad distinta a fabricar productos que requieren controles sanitarios especiales.
Sin embargo, la decisión no permite vender, distribuir o regalar estos alimentos a otras personas. El permiso está pensado exclusivamente para el autoconsumo de quien lo obtiene.
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¿Qué cambió con la decisión de la Corte?
El caso llegó a la Suprema Corte después de que una persona solicitó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios ( Cofepris) autorización para realizar distintas actividades relacionadas con el autoconsumo recreativo de cannabis y THC.
Cofepris finalmente emitió la autorización, pero puso la restricción de no preparar cannabis en alimentos preparados o semipreparados.
Ante esto, la persona reclamó esta limitación y el asunto terminó en la Suprema Corte. Al analizarlo, los ministros hicieron la distinción de qué es preparar cannabis para consumirlo y qué es fabricar un producto con cannabis que después estará sujeto a regulación sanitaria.
Por eso, la Corte consideró que preparar alimentos para consumo personal forma parte de una actividad cotidiana de cocina y no equivale, por sí misma, a fabricar medicamentos, suplementos, cosméticos u otros productos que tienen controles sanitarios específicos.
Entonces, ¿se podrán hacer alimentos con cannabis?
Los alimentos con cannabis se podrán hacer únicamente bajo el alcance de la autorización y para el consumo personal de su titular.
La Corte ordenó a Cofepris emitir una autorización que permita preparar cannabis en alimentos preparados o semipreparados destinados exclusivamente al consumo personal.
En términos prácticos, la resolución reconoce que la preparación de la sustancia dentro de alimentos puede formar parte del autoconsumo autorizado.
Pero eso no convierte a los alimentos con cannabis en productos de libre venta.
¿Se podrán vender brownies o galletas con cannabis?
La resolución de la Suprema Corte no autoriza la comercialización de alimentos preparados con cannabis. Tampoco permite distribuirlos, suministrarlos a otras personas o venderlos al público.
La decisión de la SCJN se limita a la preparación de alimentos con cannabis para consumo personal.(Cuartoscuro)
Por ello, preparar un alimento para uno mismo y montar un negocio para vender alimentos con cannabis son actividades completamente distintas.
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¿Por qué intervino Cofepris?
La Comisión tiene facultades relacionadas con el control sanitario de productos como medicamentos, suplementos alimenticios, cosméticos y otros bienes que pueden representar riesgos para la salud.
Por eso, la autoridad había establecido restricciones para preparar cannabis en distintos tipos de productos.
La Suprema Corte consideró que esas restricciones sí tienen sentido cuando se trata de productos sujetos a controles sanitarios especializados. Entre ellos están los medicamentos, remedios herbolarios, dispositivos médicos, suplementos alimenticios y cosméticos, además de vapeadores y dispositivos similares.
La resolución de la SCJN establece que el alcance de la autorización se limita al titular y a su propio consumo.(iStock by Getty Images)
Pero el Pleno consideró que preparar un alimento para consumo propio no puede tratarse automáticamente como si se estuviera fabricando uno de esos productos.
La cannabis y la SCJN
La Declaratoria General de Inconstitucionalidad 1/2018 es uno de los antecedentes clave para entender el actual marco sobre el consumo recreativo de cannabis en México.
El máximo órgano de justicia en el país determinó que la prohibición absoluta del consumo lúdico de marihuana prevista en la Ley General de Salud era inconstitucional, al considerar que afectaba de manera desproporcionada el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
La resolución no significó que esta planta quedara completamente legalizada ni que cualquier persona pudiera comprarla, venderla o consumirla sin restricciones.
Con esto se logró eliminar la prohibición absoluta y abrir la puerta a que las personas pudieran solicitar ante la autoridad sanitaria una autorización para realizar determinadas actividades relacionadas con el autoconsumo recreativo.
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A partir de este criterio, las personas pueden acudir a la Cofepris para solicitar una autorización, y si la autoridad se niega o no responde, existen mecanismos legales para reclamar esa decisión.