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El INE busca frenar y fiscalizar actos anticipados rumbo a la elección del 2027

Vulnerar reglas de fiscalización o los lineamientos podría derivar en declaratorias de actos anticipados de precampaña, acumular gastos sujetos a tope y conducir a sanciones, de acuerdo con el proyecto.
Sesión Extraordinaria INE
Se proponen seis lineamientos que deben regir la conducta de todo participante sin importar el nombre que la organización política le ponga (coordinadores, defensores, guardianes). (Foto: Andrea Murcia Monsivais/Cuartoscuro)

El Instituto Nacional Electoral (INE) prevé aprobar este jueves reglas respecto a los procesos electorales adelantados rumbo a la elección 2027 . El eje de la propuesta –que debe ser aprobada por el Consejo General– consiste en someter a fiscalización toda actividad, actor político o partido durante precampañas y campañas.

Eso implicaría el reporte de ingresos y gastos en tiempo real, sujetarse al tope de erogaciones que determine el INE, la prohibición al financiamiento de fuentes prohibidas como empresas o dinero privado, el límite a aportaciones de simpatizantes o militantes, y monitoreos de propaganda para verificar que coincida con lo reportado.

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Además se proponen seis lineamientos que deben regir la conducta de todo participante en ese tipo de procesos sin importar el nombre que la organización política le ponga (designación o elección por encuesta de coordinadores, defensores, guardianes).

Tanto la violación a las reglas de “fiscalización preventiva” que se busca aplicar (por ejemplo rebase de topes o el uso de recursos prohibidos) como la realización de actividades no permitidas, por ejemplo el llamado al voto, podría afectar a los partidos si el INE dictamina que hubo actos anticipados de precampaña.

“Si la autoridad determina que existieron actos anticipados de precampaña o campaña, los gastos podrán sumarse para evaluar un posible rebase de topes de gastos electorales”, se establece.

El INE intentará regularlo cuando ya actores políticos ya realizan actividades en todo el país, por lo que el organismo plantea la búsqueda de equilibrios en la contienda.

"La emisión de estos Lineamientos responde a la necesidad de evitar que, bajo denominaciones diversas o figuras organizativas internas, se desarrollen actos, eventos, recorridos, asambleas, consultas, ejercicios partidistas o actividades de posicionamiento que puedan incidir anticipadamente en la equidad de la contienda”, se indica.

Según el proyecto, esos lineamientos consisten en que los partidos se sujetarán a esas reglas desde la emisión de sus respectivas convocatorias y los procesos internos que realicen no deben tener como objetivo la obtención del respaldo para la postulación de precandidaturas o candidaturas a un cargo de elección popular.

Durante su desarrollo no se podrán presentar elementos o propuestas como plataforma electoral de algún partido o persona aspirante a cargo de elección popular, no se realizarán llamados al voto, directos o indirectos, a favor o en contra de algún partido político y/o persona.

Quienes participen, omitirán en sus expresiones, discursos, mensajes y elementos de naturaleza electoral o equivalentes.

En tanto, quienes organicen (los partidos) tienen el deber de cuidado de los actos que realicen los participantes a fin de que no se produzcan manifestaciones de carácter electoral o equivalentes y garantizarán que no se cometan actos u omisiones que puedan constituirse como Violencia Política en contra de las Mujeres por Razones de Género.

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Otro lineamiento consiste en que no se empleará propaganda, por si o por terceros, que de manera indirecta tenga un contenido proselitista electoral.

Se establece que se detectarse esas conductas serán sancionadas “de conformidad con la Ley en la materia”.

La valoración de cualquier expresión, para determinar si la conducta constituye actos anticipados de campaña, deberá realizarse de manera contextual, sin presumir ilicitud por la sola referencia a liderazgos, programas, ideología o actividades partidistas ordinarias.

Respecto a la publicación y difusión de encuestas o sondeos relacionados se establece la obligación de quienes lo hagan, de presentar al INE información sobre metodología, costos, responsables y resultados.

Y si las encuestas son contratadas por partidos políticos, personas inscritas o sujetos vinculados al proceso, “sus costos deben reportarse como gasto ordinario”.

Incluso si una encuesta no es contratada directamente por los sujetos obligados pero es utilizada con fines propagandísticos se contabilizarán como gasto del instituto político.

En el documento propuesto el INE se propone la obligación de los partidos y actores políticos a identificar cuando sus contenidos son generados con inteligencia artificial, colocando una leyenda visible en la propaganda, imágenes, videos o audios hayan sido creados o modificados con IA.

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