Sin embargo, el Instituto no tiene facultades para ello, pues esa es atribución exclusiva del Congreso estatal.
La separación inmediata del cargo afectó al consejero presidente Ignacio Hurtado Gómez y a los consejeros Juan Adolfo Montiel Hernández, Marlene Arisbe Mendoza Díaz de León y Claudia Marcela Carreño Mendoza, mientras que Silvia Verónica Mauricio Salazar renunció el jueves 18 antes de ser removida.
El procedimiento para designar a las vacantes en el OPLE michoacano corresponde en exclusiva al INE, que deberá emitir una convocatoria.
El Instituto tendrá sólo unas semanas para hacerlo, pues en septiembre próximo inicia el proceso electoral local para renovar todos los poderes de Michoacán: gubernatura, Congreso y 112 presidencias municipales.
El Congreso debe establecer sanciones graduales
La decisión no fue unánime, pues los consejeros Uuc-Kib Espadas, Martín Faz y Rita Bell votaron en contra, sobre todo porque la decisión de los consejeros de Michoacán no debería ser considerada de tal gravedad para llevar a la destitución.
Sin embargo, la Constitución no prevé sanciones intermedias por conductas irregulares, como lo serían la amonestación o multas, solo marca la remoción.
Espadas explicó que sí hubo faltas, pero no tan graves y además hubo atenuantes.
“Esta falta viene acompañada de una larga serie de atenuantes. El primero de ellos son los efectos que tuvo esta designación y la realidad es que esta designación no tuvo ningún efecto”, agregó.
Además, había un vacío institucional en cuanto a la designación del titular del OIC, que corresponde estrictamente al Congreso del Estado, mismo que revisa las propuestas que realice el OPLE.