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SCJN cambia las reglas de la pensión por viudez y garantiza que nadie pierda este beneficio

La Corte reafirma que las pensiones y los salarios son compatibles, eliminando restricciones que afectaban a derechohabientes.
mar 07 abril 2026 05:45 PM
Rentas SCJN
La SCJN declaró inconstitucional la norma que suspendía la pensión por viudez a quienes trabajaban. (SCJN)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió este martes 7 de abril una resolución histórica: ninguna persona pensionada por viudez puede perder este beneficio por el hecho de trabajar y cotizar ante el ISSSTE.

Con esta decisión, la Corte invalidó de manera general la regla que permitía suspender la pensión a quienes seguían activos laboralmente, consolidando el derecho de los beneficiarios a recibir tanto su pensión como su salario.

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¿Qué resolvió la SCJN sobre la pensión por viudez?

El máximo tribunal del país declaró inconstitucional el artículo 12, fracción II, inciso c), del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones del ISSSTE, que permitía suspender la pensión a quienes trabajaban y cotizaban en el mismo régimen de seguridad social.

La Corte dejó en claro que la pensión por viudez y el salario derivan de fuentes distintas: la pensión se basa en las aportaciones del trabajador fallecido, mientras que el salario corresponde al trabajo actual del beneficiario. Por eso, recibir ambos ingresos al mismo tiempo es legal y constitucional.

Asimismo, la SCJN señaló que las normas no pueden vaciar de contenido el derecho a la pensión ni condicionarlo a que la persona se mantenga fuera del mercado laboral. Trabajar no puede ser motivo para perder este beneficio.

De acuerdo con el comunicado del caso , como el Poder Ejecutivo no corrigió la regla después de sentencias previas, el Pleno decidió eliminarla del orden jurídico, garantizando que la suspensión ya no se aplique a ninguna persona en el país.

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El caso que dio origen a la decisión

Todo comenzó con el Amparo en Revisión 495/2022 , promovido por la ciudadana Clara Liga Hernández. Ella solicitó su pensión por viudez en 2017 y, tras recibir el pago desde 2018, el ISSSTE suspendió su pensión alegando que trabajaba y cotizaba en el mismo régimen.

Clara promovió un juicio de amparo alegando que la suspensión vulneraba su derecho a la seguridad social. Una Jueza de Distrito le dio la razón inicialmente, pero el caso llegó a la Segunda Sala de la SCJN.

Finalmente, la Corte confirmó que la regla que suspendía la pensión por trabajar era inconstitucional, ya que un reglamento no puede vaciar de contenido el derecho a la pensión ni condicionarlo a mantenerse fuera del mercado laboral.

Sin embargo, la SCJN determinó que el ISSSTE no está obligado a pagar intereses por los pagos suspendidos anteriormente, argumentando que la afectación a la persona era individual, mientras que la norma protege un fondo colectivo que administra el Instituto.

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La importancia de la resolución

Con esta Declaratoria General de Inconstitucionalidad 15/2025, la SCJN protege a todas las personas pensionadas por viudez, asegurando que puedan seguir trabajando sin perder su pensión.

La Corte también enfatizó que el derecho a la seguridad social requiere coherencia entre las normas y la protección constitucional de las pensiones. En palabras sencillas: trabajar ya no es un impedimento para recibir tu pensión por viudez.

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