El procedimiento está previsto en la Constitución y se estableció en 2014 en el marco de las reformas que crearon la FGR en sustitución de la Procuraduría General de la República (PGR); en ese entonces se puso énfasis en que mediante la participación del Senado y no sólo del Ejecutivo, se garantizaría autonomía.
De acuerdo con las bases aprobadas, el proceso será rápido y podría concluir la próxima semana. Legisladores prevén que se concrete entre el martes 2 y jueves 4 de diciembre.
Básicamente consiste en que el pleno Senado deberá integrar y aprobar, el próximo 2 de diciembre, una lista de al menos diez personas candidatas a ese cargo, la remitirá a la titular del Ejecutivo Federal y ésta decidirá una lista de sólo tres personas, que devolverá a los legisladores.
Esa terna será sometida a votación del pleno senatorial, en votación por cédula y la persona que alcance la mayoría calificada resultará designada y nombrada titular de la Fiscalía, por lo que rendirá la protesta de Ley ante el Pleno del Senado de la República en la misma sesión y por un periodo de nueve años, hasta 2034.
Los escenarios
De acuerdo con el procedimiento constitucional, una vez aceptada la renuncia del titular de la FGR da inicio la etapa de ausencia definitiva. En ella se realiza una segunda votación (o dos, si no se alcanza votación calificada) para elaborar una lista de prospectos. En esa fase son posibles dos escenarios:
1- Dentro de los 20 días posteriores, el Senado podrá remitir al Ejecutivo Federal una lista decidida por votación del pleno, de al menos 10 candidatas y candidatos al cargo. La presidenta contará con un plazo de 10 días para responder con una terna al Senado.
2- El Senado no envía la lista dentro del plazo de 20 días; en ese caso, el Ejecutivo federal designará a un fiscal general provisional o enviará una terna al Senado, libremente.
Ya finalizada esa fase comienza la etapa de comparecencia y designación a partir de la terna enviada por la persona titular de presidencia. En esa etapa se realizará una nueva votación en el Senado.
Si el Ejecutivo federal envía una terna, el Senado dispondrá de 10 días para designar al titular de la FGR en una votación, previa comparecencia de las personas propuestas.
Mientras que, en caso de que el Ejecutivo no envíe una terna, el Senado contará también con 10 días para elegir a la persona titular de la FGR a partir de la lista de los 10 candidatos que ya había elaborado previamente y también en ese caso los entrevista antes de someter los nombres a votación por cédula.
Si el Senado no realiza la designación en tiempo, será el Ejecutivo federal quien nombre directamente a la persona titular de la FGR.