“A partir de hoy vamos a ensayar un nuevo método para la toma de decisión de asuntos que no son tan relevantes en el fondo”, señaló el ministro presidente.
Por ello, resolvieron 20 expedientes en no más 20 minutos, sin que existiera debate de fondo. Fueron ocho solicitudes de ejercicio de la facultad de atracción, siete recursos de reclamación, dos incidentes de inejecución de sentencia, dos contradicciones de criterio y una declaratoria general de inconstitucionalidad.
Esta nueva acción se agrega al esquema que estableció la Suprema Corte en septiembre cuando entraron en funciones los nuevos ministros, el cual consiste en cronometrar las intervenciones de los juzgadores durante los debates.
En el Reglamento de Sesiones de la SCJN, publicado el 4 de septiembre, se implanta que el ministro ponente cuenta con hasta 10 minutos para exponer su proyecto y los argumentos esenciales; en tanto, las intervenciones de los demás ministros se realizar por turnos de siete minutos en la primera ronda; cinco en la segunda, y pueden existir rondas adicionales si es necesario.
La Presidencia modera los tiempos, evita interrupciones, verifica si el debate está agotado y somete el asunto a votación económica o nominal. Estos cambios se hicieron para agilizar las sesiones, ya que la nueva Corte asegura que antes el Pleno ocupaba el mayor tiempo para ellas
"Es un hecho notorio que las discusiones en Pleno eran extremadamente largas y, en muchas ocasiones, se ocupaban de cuestiones procesales en lugar de centrarse en la resolución del fondo. Con motivo de la reforma constitucional en materia del Poder Judicial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe funcionar en pleno y sus sesiones serán públicas; con ello, se suprime el funcionamiento en Salas", se menciona en la publicación del nuevo Reglamento.
Además, enfatiza que antes la SCJN sesionaba tres días a la semana (lunes, martes y jueves), y ahora lo hará de lunes a jueves y lo harán en la sede de la Suprema Corte, pero de forma excepcional, el Pleno podrá sesionar en sedes distintas, “cuando así lo determine en razón del interés y trascendencia del asunto en cuestión”.