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Caso Sasha Sökol: SCJN determina que el abuso de menores no caduca y ordena indemnización retroactiva

El fallo reconoce que los daños de violencia sexual durante la niñez y adolescencia suelen ser continuos y visibles mucho tiempo después de los hechos.
mié 03 septiembre 2025 06:21 PM
caso sasha sokol
La SCJN establece que el abuso sexual a menores no prescribe para pedir indemnización.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un paso histórico al resolver el caso de Sasha Sökol contra el productor Luis de Llano Macedo, al publicar dos tesis de jurisprudencia que marcan un antes y un después en la defensa de víctimas de abuso sexual en la infancia y la adolescencia: las relaciones impropias entre menores y adultos constituyen violencia sexual, y no existe plazo para exigir una indemnización por ese daño.

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El asunto de la artista fue resuelto el 25 de junio pasado por unanimidad de cinco votos en la entonces Primera Sala de la Corte, que confirmó la condena civil impuesta a De Llano, obligándolo a indemnizar y reparar el daño causado a la cantante por el abuso sexual cometido hace más de 30 años, cuando ella tenía 14 años y él 39.

“La Suprema Corte ya publicó las dos tesis de jurisprudencia que, a partir del 1 de septiembre, son obligatorias para todos los jueces y tribunales de nuestro país”, celebró Sokol en sus redes sociales, al reconocer que su caso se convirtió en referente jurídico.

Cabe precisar que, aunque la reforma judicial entró en vigor meses atrás, el 1 de septiembre comenzó a aplicarse el cambio que eliminó la primera y segunda salas de la Corte. Desde esa fecha, todos los asuntos deben resolverse en el Pleno, ya no en salas especializadas como ocurría antes.

¿Qué dicen las tesis de la SCJN?

La primera tesis, la 200/2025 , establece que los vínculos sexoafectivos entre adolescentes y adultos no pueden considerarse relaciones consentidas, sino un hecho ilícito. La Corte subrayó que esas dinámicas esconden desigualdad, manipulación y abuso de poder, por lo que constituyen violencia sexual.

La segunda, la 201/2025 , determina que el derecho a reclamar indemnización por este tipo de actos es imprescriptible. Es decir, el paso del tiempo no puede usarse como argumento para negar justicia, ya que las víctimas suelen tardar años en asimilar lo ocurrido, reconocerse como tales y reunir la fortaleza necesaria para denunciar.

“Se trata de situaciones que se esconden o normalizan… lo que dificulta identificar los daños inmateriales que residen permanentemente”, señaló la extinta Primera Sala en su resolución.

¿Qué se sabe del caso Sökol?

En este caso, el productor Luis de Llano reconoció públicamente haber tenido una relación con la cantante de Timbiriche Sasha Sökol cuando ella tenía 14 años y él 39. A pesar de que habían pasado más de tres décadas, la Corte determinó que el daño era continuo y que la acción no prescribía.

Con estas decisiones, la SCJN busca garantizar que hechos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes no queden impunes y que las víctimas tengan acceso a una reparación integral.

“Celebro que antes de partir (los ministros de la Primera Sala), hayan sumado a su legado estas herramientas que amplían los derechos de las víctimas y contribuyen a un sistema de justicia más humano”, escribió Sokol tras conocerse el fallo.

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