Las impugnantes fueron Ana Yadira Alarcón Márquez, candidata a magistrada de Circuito en materia administrativa en el Primer Circuito de la Ciudad de México; Catalina Álvarez Ramales, magistrada en materia de trabajo del mismo Circuito; María del Carmen Zúñiga Cleto, candidata a jueza de distrito en materia mixta del Circuito 16 (Guanajuato), y una abanderada a magistrada en materia administrativa en el Tercer Circuito (Jalisco) que omitió su nombre.
A todas se les deberá entregar su constancia de mayoría.
El magistrado Reyes Rodríguez explicó que la elección judicial es una contienda de mayoría en la que se debe respetar la paridad de género.
Eso significa, explicó, que las personas que tienen más votos acceden a los cargos, pero cuando se eligen más de dos posiciones, las asignaciones deben hacerse de forma alternada entre ambos sexos para garantizar que el resultado de la elección sea paritario.
Cuando los hombres son los más votados se debe aplicar la alternancia, es decir, un hombre y una mujer y así consecutivamente para cubrir los cargos a elección, según sea el caso.
Expuso que, cuando las mujeres son las más votadas, deben ser asignadas y las reglas de paridad no pueden jugar en su contra, es decir, no corresponde asignar los cargos a una mujer, un hombre, sino que todas las posiciones son para las candidatas pues fueron las que tuvieron más votos.
“La asignación alternada es una medida paritaria que no debe limitar que más mujeres accedan a cargos", comentó.
En el primer caso, el de Alarcón, se disputaron tres magistraturas en materia administrativa.
“No sería concordante con este criterio que un hombre con 15,037 votos acceda al cargo, cuando la tercera mujer más votada obtuvo 24,323”, comentó.
En el caso de Álvarez Ramales, refirió, “obtuvo 28,571 votos y el hombre que sigue en el orden de votación tiene 12,945”.