¿Entonces por qué la elección judicial afectará a mujeres?
Además de la salida anticipada de juezas y ministras, están por verse otras consecuencias derivadas de la reforma.
Espinosa Almaguer, también maestra en política criminal, expone que otra problemática que deberán enfrentar las juzgadoras despedidas será su reubicación laboral.
"Las áreas en las que las mujeres abogadas nos desarrollamos son espacios laborales muy arriesgados, muy inseguros laboralmente, es mucho más probable, por los sesgos que tiene el Derecho, que los hombres varones consigan trabajo, a que las mujeres lo logremos", expresa Espinosa.
“La vara con la que se mide a los profesionistas hombres y mujeres en esta carrera es muy desigual y ahora todo fue tirado a la basura para juezas y ministras".
Además, no se incluyó en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) -reformada para posibilitar la elección de cargos judiciales- el requisito a los aspirantes de cumplir la llamada 3 de 3 de la violencia contra las mujeres.
Esta consiste en acreditar no haber sido condenados por ejercer violencia contra las mujeres en sus modalidades contra la integridad corporal, libertad sexual, violencia familiar o doméstica, o ser deudor alimentario, entre otros.
Aunque no se especificó ese requisito, éste ya está en la Constitución desde 2023, por lo que el Instituto Nacional Electoral (INE) deberá vigilar su cumplimiento. Empero, hasta el momento esto ha sido poco efectivo, pues se exige la existencia de sentencia judicial firme y para ello pueden trascurrir años de litigio.
“El INE por supuesto que lo puede tomar en cuenta, debería de tomarlo en cuenta, no está obligado. El tema es que no está obligado y bueno, pues ahí tenemos un problema”, agregó la diputada Mercado, de MC.
Vázquez Correa, del Instituto Belisario Domínguez, también reconoce que en este punto podría haber dificultades para su cumplimiento, pues el INE ya las ha enfrentado en elecciones constitucionales.
Ahora que los cargos del Poder Judicial ya son electivos, la reforma en materia de violencia de género les aplica a esas candidaturas.
“Pero por la experiencia que tenemos y las limitaciones que ha enfrentado el INE, creo que el proceso electoral del Poder Judicial no va a estar exento”, reconoce Vázquez Correa.
El obstáculo principal, y que no se consideró en la Legipe, es que las entidades federativas e instituciones no han elaborado y/o no han hecho públicos sus padrones de violentadores, ni siquiera el de deudores alimentarios, y no se impuso un plazo para obligarlos a esa transparencia.
Por ejemplo, la información de deudores alimentarios debió transparentarse hace años y sólo 15 estados tienen actualizado su listado, por lo que el INE ha estado imposibilitado para hacer cruces de datos y cumplir las normas.
Otra dificultad latente, plantea la abogada feminista, Claudia Espinosa Almaguer, es la posibilidad de que haya candidaturas de personas que se autoadscriban como mujeres y ocupen espacios que les corresponden.
No es lejano ese escenario si se considera que, en las elecciones de cargos de gobierno, al estar garantizados los derechos de toda persona a la no discriminación, se ha abusado.
Recuerda, por ejemplo, el caso de su natal San Luis Potosí, en donde “muchos hombres candidatos a presidentes municipales dijeron bajo protesta decir verdad que se sentían mujeres y el organismo electoral admitió sus candidaturas”.
Sin embargo se trató de una estrategia para sacar provecho de las reglas de paridad, por lo que –indica Espinosa- las mujeres también podrían enfrentar ese obstáculo al tener que pelear por sus espacios, ahora también en el Poder Judicial