Por ello, en diciembre de 2020, el grupo de personas asexuales presentó la demanda de amparo contra diversas autoridades del Sistema Nacional de Salud.
El equipo legal que les acompañó explicó que la discriminación hacia personas asexuales parte de la idea impuesta de que tener relaciones sexuales es una obligación para todas las personas y se basa en normas morales respecto a la salud reproductiva.
“La mayoría del personal médico no tiene conocimiento sobre la asexualidad, por lo que, al hacerle preguntas a pacientes asexuales sobre su vida sexual activa, consideran su orientación como un síntoma, afectando de manera significativa la valoración médica”, expuso el equipo legal.
De acuerdo con las organizaciones, esta resolución es única en su tipo en América Latina.
A partir de la sentencia, las autoridades del Sistema Nacional de Salud deben adecuar su normativa interna para diferenciar la orientación asexual de falta de deseo sexual por orígenes fisiológicos.
También deben realizar programas de capacitación al personal de salud.