El derecho a la información fue defendido por la comisionada del INAI, Josefina Román Vergara, quien consideró que este asunto permite saber si las autoridades cumplieron con el catálogo normativo para la creación e innovación de los libros de texto para luego repartirlos a las escuelas alrededor del país.
“La identificación de información veraz y oportuna que permita conocer lo sucedido en el proceso de transformación educativa, se legitima con la transparencia de la participación y trabajo en los procesos de consulta. Esto es, brindando la información generada a partir de las asambleas estatales, los consejos técnicos escolares y los talleres intensivos de formación para la elaboración de los nuevos Libros de Texto Gratuitos”, dijo.
La SEP reservó la información por un periodo de cinco años, argumentando que contiene, opiniones, recomendaciones o puntos de vista que forman parte de un proceso deliberativo de los servidores públicos, al respecto Román Vergara determinó que no era procedente la reserva invocada, pues los insumos no corresponden con un proceso deliberativo o la toma de decisiones definitivas, dado que las asambleas se realizaron durante enero y marzo.
Después, la SEP buscó sustentar la reserva de la información, señalando que es parte de un juicio de amparo. No obstante se explicó que el 18 de agosto de 2023 se emitió la sentencia, donde se calificó como inconstitucional el procedimiento de la elaboración y publicación de los programas.