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La Corte perfila invalidar el jueves la segunda parte del "Plan B" electoral

De acuerdo con lo difundido por la Corte, en el proyecto el ministro Javier Laynez se analizan más de 30 requisitos mínimos para que un proceso legislativo sea válido, mismos que no se cumplen.
lun 19 junio 2023 05:47 PM
Ministro Javier Laynez.
El ministro Javier Laynez es el encargado del nuevo proyecto de sentencia.

El proyecto de sentencia para resolver la acción de inconstitucionalidad interpuesta contra la segunda parte del "Plan B" de reforma electoral que se discutirá este jueves en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) plantea que hubo irregularidades en el proceso legislativo, mismas que obligan a declarar su invalidez; en caso de aprobarse este proyecto, la elección de 2024 se deberá realizar con las mismas reglas del proceso 2018.

La Corte dpodría resolver así la acción de inconstitucionalidad interpuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE), y las bancadas de legisladores de oposición, si el proyecto de sentencia elaborado por el ministro Javier Laynez obtiene al menos ocho votos de los 11 ministros.

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En su proyecto el ministro Laynez concluyó que durante la discusión de la reforma electoral se cercenó el derecho de los legisladores a conocer la propuesta de enmiendas y a participar en el debate parlamentario en el marco de una deliberación democrática.

El documento establece que todas las violaciones acreditadas al analizar la primera parte de las reformas electorales –invalidadas en mayo pasado– también se detectaron en este caso, pues ambos Decretos compartieron en términos generales el mismo proceso legislativo.

En este caso, se detectaron violaciones adicionales graves al proceso legislativo. Por ejemplo, la iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria fue sustituida por una versión modificada cuando ya se discutía en el pleno de la Cámara de Diputados, sin que se diera cuenta de la sustitución ni de las modificaciones a los legisladores.

Adicionalmente, se demostró que las Cámaras modificaron artículos del proyecto de Decreto que ya habían sido aprobados por ellas en sesiones anteriores –fue el caso de la cláusula de vida eterna, que los diputados ya habían aprobado y luego votaron para eliminarla–, siendo que la Constitución Federal prohíbe tajantemente que se revisen los preceptos ya aprobados por ambas Cámaras.

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De obtener la votación mayoritaria quedarían sin validez las reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a la Ley General de Partidos Políticos, a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y a la nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, todas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo del 2023.

Ese segundo paquete de reformas buscaba reducir la plantilla de integrantes del Servicio Profesional Electoral Nacional, restar facultades del INE en materia de capacitación y organización, además de fiscalización.

De invalidarse, las enmiendas no surtirán efecto ninguna de las modificaciones al sistema electoral ni a sus facultades, por lo que el INE quedará normado como hasta ahora .

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