Las opiniones requeridas por el ministro instructor de la Corte –en este caso Arturo Pérez Dayán– son “de carácter consultivo” y no vinculatorias para la resolución final, pero buscan aportar elementos para que los ministros analicen la primera parte del "Plan B" electoral.
Fuentes participó en el Seminario El Plan B electoral, Equidad, Austeridad o Incertidumbre, en el que dijo que algunos cambios legales pueden generar complicaciones durante la fiscalización y otros dar ventajas a las fuerzas políticas con mas financiamiento.
De entrada, explicó, la Unidad de Fiscalización con autonomía técnica se convertirá en una dirección ejecutiva.
Además, pese a avances que la Sala Superior “ ha considerado y construido a través de jurisprudencia” para establecer que en su tarea de auditar ingresos y gastos de los partidos y candidatos para el INE no existe el “secreto ministerial”, en el "Plan B" –añadió– sólo se mantuvo lo que ya está en ley, que el organismo electoral puede trascender la secrecía bancaria, fiduciaria y fiscal
"(El caso Pemexgate) permitió que se abrieran muchos candados. Yo me quedaría en ese sentido criticando esta ausencia de definición del legislador en esta modificación”, dijo Fuentes.
Sin prejuzgar la legalidad del "Plan B" pues puede quedar impedido para resolver después, delineó donde podrían presentarse casos de inequidad en la competencia política.
Uno de estos, explicó, es la posibilidad de que se realicen transferencias entre el Comité Nacional y los Comités Estatales de los partidos políticos, sin más restricción que sean recursos de su patrimonio y tengan un fin lícito.
“Desde el punto de vista contable eso puede generar dificultades, porque se dificulta la labor fiscalizadora de la autoridad. Se pueden llegar a generar excedentes artificiales entre los Comités Estatales y Nacional a la hora de que se realicen los traspasos y eso puede volver más complejo el proceso de revisión del origen y destino de los recursos”, comentó.
"Esto puede abrir la puerta a irregularidades que beneficien a los partidos a nivel nacional o local en perjuicio de los demás partidos sobre todo de los partidos locales.
“No debemos pasar por alto una realidad, los partidos nacionales se coordinan para estrategias político-electorales. En ese contexto, habría que sopesar si ese cambio en la ley es benéfico. Creo que se debería buscar técnicas contables que enfrenten esa realidad y eviten una combinación de recursos por ejemplo de campaña con recursos de estructura”, abundó el juzgador.