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La Corte pide opinión al Tribunal Electoral sobre el "Plan B"

El proceso de análisis sobre la constitucionalidad de los cambios continúa; el trámite no es vinculante, pero se trata de la opinión experta en materia electoral.
lun 13 marzo 2023 04:10 PM
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El documento será elaborado por la ponencia del magistrado electoral Felipe Alfredo Fuentes Barrera, quien si bien indicó que no puede pronunciarse sobre el fundamento jurídico de las reformas, señaló al menos ocho problemáticas que notó y algunas que pueden poner en riesgo la equidad en la competencia electoral.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) requirió a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de las Federación (TEPJF) una opinión con relación a las acciones de inconstitucionalidad interpuestas en contra del "Plan B" electoral.

El documento será elaborado por la ponencia del magistrado electoral Felipe Alfredo Fuentes Barrera, quien si bien indicó que no puede pronunciarse sobre el fundamento jurídico de las reformas, señaló al menos ocho problemáticas que notó y algunas que pueden poner en riesgo la equidad en la competencia electoral.

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Las opiniones requeridas por el ministro instructor de la Corte –en este caso Arturo Pérez Dayán– son “de carácter consultivo” y no vinculatorias para la resolución final, pero buscan aportar elementos para que los ministros analicen la primera parte del "Plan B" electoral.

Fuentes participó en el Seminario El Plan B electoral, Equidad, Austeridad o Incertidumbre, en el que dijo que algunos cambios legales pueden generar complicaciones durante la fiscalización y otros dar ventajas a las fuerzas políticas con mas financiamiento.

De entrada, explicó, la Unidad de Fiscalización con autonomía técnica se convertirá en una dirección ejecutiva.

Además, pese a avances que la Sala Superior “ ha considerado y construido a través de jurisprudencia” para establecer que en su tarea de auditar ingresos y gastos de los partidos y candidatos para el INE no existe el “secreto ministerial”, en el "Plan B" –añadió– sólo se mantuvo lo que ya está en ley, que el organismo electoral puede trascender la secrecía bancaria, fiduciaria y fiscal

"(El caso Pemexgate) permitió que se abrieran muchos candados. Yo me quedaría en ese sentido criticando esta ausencia de definición del legislador en esta modificación”, dijo Fuentes.

Sin prejuzgar la legalidad del "Plan B" pues puede quedar impedido para resolver después, delineó donde podrían presentarse casos de inequidad en la competencia política.

Uno de estos, explicó, es la posibilidad de que se realicen transferencias entre el Comité Nacional y los Comités Estatales de los partidos políticos, sin más restricción que sean recursos de su patrimonio y tengan un fin lícito.

“Desde el punto de vista contable eso puede generar dificultades, porque se dificulta la labor fiscalizadora de la autoridad. Se pueden llegar a generar excedentes artificiales entre los Comités Estatales y Nacional a la hora de que se realicen los traspasos y eso puede volver más complejo el proceso de revisión del origen y destino de los recursos”, comentó.

"Esto puede abrir la puerta a irregularidades que beneficien a los partidos a nivel nacional o local en perjuicio de los demás partidos sobre todo de los partidos locales.

“No debemos pasar por alto una realidad, los partidos nacionales se coordinan para estrategias político-electorales. En ese contexto, habría que sopesar si ese cambio en la ley es benéfico. Creo que se debería buscar técnicas contables que enfrenten esa realidad y eviten una combinación de recursos por ejemplo de campaña con recursos de estructura”, abundó el juzgador.

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Otro aspecto, observó, es que con la reforma “ahora se pueden generar ahorros con los remanentes públicos y privados y usarlos para campañas federales o locales futuras”.

“Habría que reflexionar si esa disposición puede implicar la posibilidad también de violentar el principio de equidad, porque se puede generar el perverso incentivo de que ciertos partidos que cuentan con más presupuesto cuenten también con mayores recursos para usarlos con fines electorales” destacó el magistrado electoral.

Otro cambio que puede impactar en la fiscalización y en las campañas se refiere a que ahora la ley indica que en la fiscalización de candidaturas, precampañas y campañas las conductas serán interpretadas de manera estricta .

“Y además no hay sanción de pérdida de registro (de candidatura) ante la ausencia de entrega de informes correspondientes. Creo que esto rompe con varios principios de la fiscalización porque permite entonces que no se vigile el origen y destino de los recursos”.

Incluso, planteó que, con la reforma, quienes ya realizan activismo para postularse quedaron en ventaja.

Esto porque la reforma delimita que los actos anticipados de precampaña y campaña “son únicamente los realizados dentro del inicio del proceso. Es decir, todo lo que haya pasado antes del inicio del proceso electoral federal no cuenta y sabemos en la realidad que ha estado sucediendo”.

“Creo que se permite en este momento cierta ventaja de quienes ya han iniciado algunos posicionamientos previos al PEF. Creo que tendríamos que ir a una reflexión” sobre los cambios expuso él juzgador.

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