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Sheinbaum, Ebrard y Adán Augusto López libran sanciones en el INE

La Comisión de Quejas determinó las personas servidoras públicas no transgredieron los principios de imparcialidad y equidad de la contienda rumbo al 2024.
mié 01 febrero 2023 04:04 PM
Marcelo Ebrard mostró una selfie con Claudia Sheinbaum y Adán Augusto López durante la marcha por el cuarto aniversario del gobierno de Andrés Manuel López Obrador.
La autoridad electoral definió no sancionarlos.

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) negó las medidas cautelares solicitadas por separado, por partidos políticos y ciudadanos en contra de la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum; el canciller Marcelo Ebrard, y el titular de Gobernación, Adán Augusto López, por presuntas conductas que transgreden los principios de imparcialidad y equidad en la contienda rumbo a las elecciones de 2024 .

En sesión extraordinaria, los integrantes de la Comisión, los consejeros Adriana Favela, Claudia Zavala y Ciro Murayama constataron que los espectaculares denunciados en distintas partes del país en los que se hacía referencia a Sheinbaum y a López Hernández ya no se encuentran, por tanto, se está frente a actos consumados de manera irreparable. Además, avaló por unanimidad que en los eventos en donde participó el canciller Ebrard no se solicitó el apoyo de la ciudadanía a su favor, ni se externaron propuestas políticas o electorales concretas.

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Espectaculares de #EsClaudia fueron retirados

Los partidos de la Revolución Democrática (PRD), Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y diversos actores políticos, denunciaron a Sheinbaum, así como a diversos legisladores de Morena por la colocación de espectaculares en diversos estados del país, en apoyo a la jefa de gobierno con la leyenda #EsClaudia.

En opinión de los denunciantes, se trataba de actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada.

La Comisión determinó como improcedente la medida cautelar respecto del retiro de los referidos espectaculares, ya que se está en presencia de actos consumados de forma irreparable, amén de que estos ya fueron retirados.

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Actos consumados

En el último proyecto, se declaró improcedente la petición de medidas cautelares derivadas de la contratación, difusión y/o tolerancia de su aparición en anuncios espectaculares del titular de Gobernación, Adán Augusto López, en los que se aprecia la imagen y nombre en los municipios de Veracruz y Boca del Río.

La Comisión consideró que se trata de actos consumados, ya que se advierte que la publicidad denunciada no se encuentra visible, por lo que se está frente a actos consumados de manera irreparable.

Respecto de las publicaciones en redes sociales relacionadas con los espectaculares denunciados, se advirtió que se trata de perfiles ajenos al titular de Gobernación, por ello, bajo la apariencia del buen derecho, están amparadas en la libertad de expresión y para su consulta es necesario un acto de voluntad.

La Comisión consideró además que no se justifica el dictado de la tutela preventiva, debido a que se está en presencia de actos futuros de realización incierta al no existir elementos que apunten que actos como el denunciado tendrán lugar nuevamente, además de que el secretario de Gobernación invitó a la ciudadanía para respetar los plazos y términos de la legislación electoral.

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Improcedente ordenar el retiro de publicaciones

En otro asunto, la Comisión negó las medidas cautelares solicitadas por Rodrigo Antonio Pérez Roldán en contra de Ebrard, además de la Senadora Bertha Alicia Caraveo y diversos alcaldes de Chihuahua, entre otros, por la presunta celebración y asistencia al evento denominado “Instalación del Comité Estatal Chihuahua Morena Progresista”.

Los consejeros estimaron que si bien la contienda presidencial 2024 dará inicio en septiembre próximo, hasta el momento no ha comenzado alguna de sus etapas, por lo que no se advierte la urgencia o peligro en la demora que justifique la medida cautelar para retirar las publicaciones en redes sociales y medios informativos del evento.

Tampoco se negó la tutela preventiva al versar sobre hechos futuros de realización incierta y sobre el probable uso indebido de recursos públicos, recordaron que es el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el que deberá estudiar el fondo del asunto.

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