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El INE emite plan para atender focos rojos por crimen y violencia en comicios

Se busca una política que evite y minimice riesgos de saqueos, destrucción de papelería electoral o propiedad privada, asesinatos, amenazas políticas en los comicios.
lun 19 diciembre 2022 07:02 PM
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A partir de las elecciones del 4 de junio en el Estado de México y Coahuila el Instituto Nacional Electoral (INE) echará a andar por primera vez un protocolo de riesgo para los procesos electorales, mismo que implicará la posibilidad de atraer una elección, en cualquier etapa en la que se encuentre, si se advierten circunstancias que pongan en peligro su desarrollo.

La emisión del protocolo aprobado por el INE fue ordenada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al calificar la elección de 2021, en Michoacán, en la que se advirtió la presencia del grupos criminales misma que, de acuerdo a partidos opositores a Morena, debió conducir a la anulación del proceso por la presión a electores y violencia que se presentaron.

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El Tribunal no anuló ese proceso, pero reconoció el contexto de violencia suscitado en esa elección y también en la de Tamaulipas en este año por lo que vinculó al INE a generar una estrategia para prevenir y enfrentar circunstancias como esas.

Por ello en ambas sentencias de resolución ordenó medidas de no repetición y se mandató al INE generar de reglas de actuación para “prevenir escenarios de riesgo derivados, entre otras, de la injerencia de la delincuencia organizada” que pudieran afectar el derecho de los ciudadanos a emitir su voto en libertad.

El documento aprobado por el Consejo General del INE se hará del conocimiento de los titulares de las Secretarías de Gobernación, Defensa Nacional (Sedena), Marina, Seguridad Pública; Centro Nacional de Inteligencia; Fiscalía General de la República; Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, los 32 Organismos Públicos Locales Electorales (OPL), las Vocalías Ejecutivas Locales y 32 gobernadores.

“Para los procesos electorales locales 2022-2023 en Coahuila y el Estado de México, así como para los procesos electorales 2023-2024 se deberá de instrumentar el presente Protocolo”, se acordó.

De acuerdo con las reglas, las autoridades estatales y federales responsables de seguridad deberán sesionar en mesas de coordinación con los estados para abordar temas de seguridad, con el fin de identificar tres tipos de problemáticas: de inseguridad, sociales y por la presencia de crimen organizado, así como de mapear esas situaciones por entidades, distritos federales y/o locales o los municipios.

Serán esas autoridades, los cuerpos de seguridad pública de la Federación, de los estados y de los municipios o, en su caso, las fuerzas armadas, las que deban atender las situaciones de riesgo pues se recuerda que entre sus atribuciones están las de garantizar la seguridad pública, asegurar el orden y garantizar el desarrollo de la jornada electoral.

Sin embargo, deben compartir la información y prestar auxilio al INE y los OPL “desde el inicio y hasta la conclusión del proceso electoral que corresponda” o el proceso de participación ciudadana.

Las mesas coordinadoras “en el marco de los convenios de coordinación interinstitucional podrán calificar las problemáticas en tres niveles para valorar las complicaciones”.

En el nivel I, sólo de identificación de las zonas, “distritos y/o municipios que se encuentren en una condición latente a complicarse o a reactivarse, en caso de haber tenido antecedente de problemática”.

El II ya requerirá mediación por existir “una complicación que podría resolverse con la participación de alguna de las autoridades que integren en las mesas”.

El tipo III necesitará intervención y “la actuación inmediata y coordinada entre las autoridades del Estado y/o de seguridad pública correspondientes”.

El documento recuerda que según el artículo 41 de la Constitución el INE tiene la atribución de “asumir directamente” una elección si detecta “factores sociales que afecten la paz pública o pongan a la sociedad en grave riesgo”, impida la organización pacífica de la elección o cuando no existan condiciones políticas idóneas, por injerencia de los poderes públicos locales.

Esa posibilidad se ampliará ahora ante casos de posible violencia electoral o intervención de grupos de la delincuencia y “en cualquier etapa en que se encuentre” un proceso electoral, cuyas fases son preparación de la elección; jornada electoral; resultados y declaraciones de validez de las elecciones y dictamen y declaraciones de validez de la elección.

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Violencia tolerada o grave

De acuerdo con la sentencia, para la posible intervención del INE se ordenó hacer la valoración de diversos grados de posible violencia electoral, pues podrían ocurrir incidentes menores “sin grandes consecuencias en el electorado hasta situaciones generalizadas de violencia”.

Entre estas consideró la posible presentación de casos de agresión aleatorios u organizados, para intimidar, dañar físicamente, destruir material electoral o influir en los procesos “con el objeto de ganar una elección, incidir para que pierda alguno de los participantes; obtener beneficios inmediatos, mediatos o futuros, o controlar a la ciudadanía”.

Sin embargo, otras acciones pueden incluir “asesinatos, asaltos, incendios provocados, saqueos, daño o destrucción de la propiedad privada, secuestros, amenazas, asalto sexual, invasión de las oficinas de los competidores, entre otras” según pidió considerar el TEPJF con base en estudios académicos de caso.

Es decir, de acuerdo a la resolución, en una elección pueden presentarse factores externos, como la presencia de grupos de delincuencia organizada, pero eso “no significa que ante cualquier incidencia de tales grupos se actualice una infracción de carácter determinante” en los resultados de los comicios.

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Por otro lado, “no necesariamente la tensión o incidencia de estos grupos genera violencia electoral a gran escala o de manera generalizada, dado que puede estar localizada o focalizada a un ámbito especial particular y no resulta razonable proyectar sus efectos de la misma manera a todo el territorio o circunscripción electoral”.

Por todo ello se ordenó valorar cada caso en particular, y actuar en consecuencia. Las autoridades electorales o poderes públicos deben tener “especial deber de diligencia y cuidado, así como de cooperación y colaboración entre las autoridades electorales y otras autoridades del Estado mexicanos en particular las encargadas de la seguridad pública para prevenir o controlar tales factores de riesgo”.

El Protocolo aprobado por el INE se integra de dos anexos, uno sobre las acciones durante los procesos electorales, el segundo sobre la “Custodia solicitada a las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina de la documentación y materiales electorales”.

De acuerdo con lo señalado por el TEPJF, con su sentencia buscó la “creación de una política electoral nacional” para prevenir factores de riesgo de violencia electoral por lo que se planteó también la celebración de convenios de coordinación con las autoridades de seguridad pública y electorales para diseñar metodologías y planes de acción en procesos electorales en zonas conflictivas o de riesgo y generar mapas de riesgo con acciones específicas en el ámbito territorial que corresponda.

También pidió crear filtros de investigación “que sean aplicables a las candidaturas a fin de que los partidos y las autoridades puedan contar con información veraz y precisa para evitar la participación de personas pertenecientes a grupos criminales”, elaborar un protocolo de guía y actuación de las autoridades para salvaguardar la integridad física de los servidores públicos y de los electores en zonas con presencia del crimen organizado.

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