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Diputadas van por penas de hasta ocho años para atacantes con material corrosivo

La propuesta también pide que se duplique si la agresión es hacia una mujer y se agravará un tercio si afecta cara, cuello o brazos.
mié 27 julio 2022 07:07 PM
Comisión Permanente
Legisladoras del PAN, PRD, Morena, PVEM, MC entregaron una propuesta a la Comisión Permanente para tipificar las agresiones con materiales inflamables en momentos en que se investigan los casos de Luz Raquel Padilla en Jalisco y Margarita Ceceña en Morelos.

Penas de cinco a ocho años de prisión para quienes realicen ataques con sustancias corrosivas o inflamables, proponen diputadas federales de los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD), Morena, del Trabajo (PT), Verde Ecologista de México (PVEM) y Movimiento Ciudadano (MC).

Además, las penas se duplicarán si se dirige a una mujer y se agravarán un tercio si afecta cara, cuello, brazos, manos y órganos sexuales, según la iniciativa de reforma que las legisladoras presentaron ante la Comisión Permanente.

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En ella, buscan adicionar el artículo 294 del Código Penal Federal “con la finalidad de incrementar la pena entre cinco a ocho años de prisión si las lesiones corporales son causadas con ácido o cualquier otra sustancia corrosiva, dejando un daño físico, motriz, psicológico o económico”.

La propuesta de iniciativa se da en medio del debate que se abrió por las agresiones que han sufrido Luz Raquel Padrilla, Margarita Ceceña Martínez y otras mujeres en todo el país, situación que ha merecido la indignación de diversos sectores de la población, así como de legisladores y servidores públicos.

De tal suerte, el referido artículo quedaría de la siguiente manera: "Se impondrá de cinco a ocho años de prisión al que por sí o por interpósita persona cause lesión a cualquier persona dejando un daño físico, motriz, psicológico o económico, utilizando para ello ácidos o sustancia corrosiva, caústica, irritante, tóxica o inflamable o cualquier otra sustancia que por sí misma o mezclada con otros agentes, genere lesiones internas, externas o ambas".

En los casos en que el daño sea en la cara, el cuello, el brazo, la mano, o afecte la funcionalidad de los órganos sexuales, se agravará un tercio de la pena inicial prevista en el mismo artículo.

De acuerdo con la iniciativa de reforma, solo los congresos locales de Baja California Sur, Ciudad de México, Oaxaca y San Luis Potosí, han decidido reformar y adicionar sus respectivos marcos legales para tipificar el delito de utilizar ácido o sustancias corrosivas con la finalidad de establecer penas para aquellas personas que causen lesiones mediante estas prácticas.

“Como se puede observar, la mayor parte de estas medidas contemplan la agravante de delitos y van encaminadas a erradicar una de las distintas manifestaciones de la violencia de género, entendida esta como los actos dañinos dirigidos contra una persona o un grupo de personas en razón de su género”, indica la norma.

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Aclara que en este caso el uso de sustancias químicas o corrosivas para causar un daño físico a las mujeres se entiende como violencia física, en tanto, es un daño no accidental que implica la utilización de un objeto para provocar lesiones internas o externas.

De tal suerte que esos ataques deben ser comprendidos como violencia de género, toda vez que la mayor parte de estos ocurren sobre todo en contra de las mujeres, y se cometen por el simple hecho de ser mujeres o por no cumplir un rol que les ha sido asignado.

La iniciativa es firmada por Andrea Chávez Treviño (Morena), Itzel Josefina Balderas Hernández (PAN), María de Jesús Rosete Sánchez (PT), Taygete Irisay Rodríguez González (MC), Olga Luz Espinosa Morales (PRD) y Nayeli Arlen Fernández Cruz (PVEM), entre otras.

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