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El INE desecha queja del PRD contra AMLO por informe de primeros 100 días

El árbitro electoral consideró que el informe de este martes 12 es "un acto consumado", pero recomendó tener cuidado en su difusión para evitar la afectación de los comicios en curso en seis estados.
mié 13 abril 2022 01:03 PM
INE
La Sala Superior del INE le recomendó a Jesús Ramírez, vocero de la presidencia de la República, ser "particularmente escrupuloso".

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó las medidas cautelares solicitadas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador, derivado de su Informe de 100 días de su cuarto año de gobierno, dado que se trata de "un acto consumado".

En la 31 sesión extraordinaria urgente de la comisión celebrada este miércoles, se recordaron los criterios emitidos por la Salas Superior y la Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en los recursos SUP 193/2021 y SRE-PSC 59/202, en el sentido de que ese tipo de actos sí constituyen propaganda gubernamental personalizada en periodo prohibido.

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Ello, dado que están en curso las campañas electorales en Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas, mismos que renovarán la gubernatura el próximo 5 de junio.

“Me parece que ya quedó definido por el Tribunal Electoral que este tipo de actos sí constituyen propaganda electoral personalizada y difusión de propaganda personalizada”, planteó la consejera Claudia Zavala, al proponer que se incluya el antecedente cronológico de este asunto.

“Tenemos que dejar muy claro lo que se ha razonado en los tribunales, incluso la orden que se dio de no repetición y es que parece que no existen esas resoluciones… Hoy estamos en un acto consumado que fue el día de ayer, pero con similares características a otro asunto", expuso.

De su lado, Adriana Favela, presidenta de la comisión, llamó a los actores políticos a tener un especial cuidado para no divulgar ningún tipo de propaganda que pudiera afectar o influir indebidamente en el desarrollo de las elecciones en curso.

El antecedente de la queja

El 30 de junio del 2021, la Sala Superior confirmó la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada, en la cual determinó que el informe “Primeros 100 días del Tercer año de Gobierno” que emitió López Obrador el 30 de marzo de ese año, sí constituyó propaganda gubernamental personalizada en periodo prohibido.

Y es que en la fecha que se presentó ese informe, los estados de Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora se encontraban en periodo de campaña. Además, confirmó la indebida utilización de recursos públicos por 185,515 pesos.

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Por tal razón, la Sala Superior llamó a Jesús Ramírez, coordinador de Comunicación Social del gobierno federal, a ser "particularmente escrupuloso" en la transmisión mensajes que pueden ser difundidos por los medios de comunicación, para evitar incurrir en una violación a la ley electoral.

Tenemos que dejar muy claro lo que se ha razonado en los tribunales".
Claudia Zavala, consejera electoral

La queja

El PRD denunció al presidente Andrés Manuel López Obrador por promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, difusión de propaganda gubernamental en periodo de campañas, así como vulneración a las reglas para la presentación de informe de labores.

En su resolución del 6 de mayo del 2021, la Sala Regional Especializada consideró inexistentes dichas infracciones; inconforme con ello, el sol azteca acudió a la Sala Superior.

Mientras que el 26 de mayo de ese año, los magistrados de la Sala Superior revocaron la resolución de la Especializada y determinaron que en dicho evento sí existió propaganda gubernamental personalizada.

En tal sentido, le ordenaron emitir una nueva resolución para definir las consecuencias jurídicas necesarias y el establecimiento de medidas de no repetición.

El actuar de los funcionarios en época de campañas se rige por los artículos 41 y 134 de la Constitución, que marcan que los servidores públicos deben conducirse con imparcialidad en el ejercicio de sus tareas y de los recursos a su cargo, para no afectar la equidad en las contiendas.

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