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FEDE deberá entregar al INE copias de las carpetas sobre caso Pío López Obrador

El Tribunal Electoral determinó fundados los incidentes de incumplimiento de sentencia presentados por el INE, porque la FEDE no ha entregado información sobre Pío López Obrador y Odebrecht.
mar 22 febrero 2022 03:24 PM
partidos políticos
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó una vez más a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) cumplir a la brevedad con la sentencia que se le dictó y entregar al Instituto Nacional Electoral (INE) la información solicitada sobre los casos Pío López Obrador y Odebrecht.

En sesión privada, por mayoría de cinco votos a favor y dos en contra, los magistrados determinaron como fundados los incidentes de incumplimiento de sentencia presentados por Instituto al demostrar que la Fiscalía no le ha entregado la información solicitada.

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El 22 de diciembre del 2021, la Sala Superior ordenó a la FEDE, dependiente de la Fiscalía General de la República (FGR), entregar al órgano electoral la documentación relacionada con diversas carpetas de investigación a su cargo, ya que dicha información –señaló entonces– es necesaria para que se lleve a cabo los procesos de fiscalización de los gastos de los partidos políticos.

Ante la negativa de la Fiscalía, el INE presentó ante la Sala Superior un escrito en el que manifestó que han pasado más de 30 días sin que se diera cumplimiento con esa sentencia.

Por tanto, y asumiendo que el secreto ministerial no se opone a la facultad de fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos políticos, el INE solicitó al TEPJF que se pronunciara al respecto de la situación.

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A propuesta de los magistrados Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón, el pleno de la Sala Superior determinó en sesión privada que la sentencia ha sido incumplida por parte de la FEDE, pues no se han entregado las copias de las carpetas de investigación solicitadas al INE.

Dada la situación y con el fin de velar por el cumplimiento de lo dictado en las sentencias por el máximo Tribunal Electoral del país, la Sala Superior resolvió ordenar a la FEDE cumplir con la sentencia principal a la brevedad.

El criterio fue aprobado por cinco votos a favor y dos en contra, de los magistrados Mónica Aralí Soto Fregoso y el magistrado José Luis Vargas Valdez.

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