Publicidad
Publicidad

Revocación de mandato: lo permitido y lo prohibido durante la veda

El INE estableció un periodo de prohibiciones para el presidente Andrés Manuel López Obrador y todos los servidores públicos del país.
sáb 19 febrero 2022 11:49 AM
revocación de mandato: amlo 2022
El jefe del Ejecutivo quedó impedido para difundir información de su gobierno en sitios oficiales en el periodo prohibido establecido por el INE por la revocación de mandato que él mismo impulsó.

A partir del viernes 4 de febrero y hasta el 10 de abril, todos los servidores públicos tienen prohibido difundir propaganda gubernamental, así como la consulta de revocación de mandato en la que se decidirá sobre la permanencia o no en el cargo, del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Con esa medida, queda claro que deberán abstenerse de difundir sus acciones y logros de gobierno, tal y como lo marcan la Constitución y la Ley de Revocación de Mandato, aprobada en septiembre del 2021.

Publicidad

Sin embargo, esta restricción no busca coartar la libertad de expresión ni mucho menos, la parálisis del quehacer gubernamental, aseguran autoridades electorales.

Ello, toda vez que la atribución de difundir el ejercicio impulsado por el Ejecutivo federal, será facultad exclusiva del Instituto Nacional Electoral (INE) y en su caso, los Organismos Públicos Locales Electorales.

Y si bien la disposición no es nueva, ni fue “inventada” por el INE, la tarea del árbitro de la contienda es velar por la vigencia del orden constitucional.

De ahí que cuando el INE emite una tutela preventiva lo que busca es evitar que se repitan conductas similares a las denunciadas como es la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

El quehacer institucional continúa

“La prohibición constitucional y legal se refiere a la suspensión de la difusión de propaganda gubernamental. Esto no significa ni parálisis gubernamental ni detener el quehacer institucional a cargo o por obligación de los entes públicos.”, dijo el secretario técnico de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, Carlos Ferrer.

“Lo que está prohibido es la difusión de la propaganda gubernamental”, añadió.

Publicidad

“Nadie se puede sorprender a estas reglas porque inclusive el partido que está en el gobierno y que tiene la mayoría en la Cámara de Diputados y Senadores (Morena), fue el que adoptó estas reglas que se aplican a casos concretos”, resaltó Adriana Favela.

A su vez, el consejero Jaime Rivera explicó: “Una tutela preventiva es una advertencia a la autoridad para que se abstenga de actos semejantes de difusión o de propaganda de un proceso que en las leyes no está permitido a los gobernantes, ni siquiera a los partidos políticos, según el último criterio aprobado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)”.

Lo que tiene prohibido AMLO

El presidente quedó impedido para difundir el proceso revocatorio durante la conferencia mañanera o en sus páginas oficiales y otros medios de comunicación.

AMLO sí podrá inaugurar obras como el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), previsto para el 21 de marzo. Sin embargo, no se podrá dar a conocer acciones y logros de gobierno en sus páginas oficiales o redes sociales.

Los funcionarios públicos deben ajustar sus acciones a la Constitución y a la Ley de Revocación de Mandato.

Lee además: La consulta de revocación de mandato cruzó el punto de no retorno, dice Córdova

Los medios de comunicación sí podrán cubrir los eventos gubernamentales como habitualmente lo realizan, dado que la prohibición es exclusiva para los tres niveles de gobierno.

Publicidad

¿Qué dice la Ley de Revocación?

Durante el tiempo del proceso de revocación de mandato, desde la emisión de la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno.

Los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, solo podrán difundir las campañas de información relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil.

Queda prohibido el uso de recursos públicos para la recolección de firmas, así como con fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de revocación de mandato.

Durante los tres días naturales anteriores a la jornada de revocación de mandato y hasta el cierre oficial de las casillas, queda prohibida la publicación o difusión de encuestas, total o parcial, que tengan por objeto dar a conocer las preferencias de las y los ciudadanos o cualquier otro acto de difusión.

El instituto deberá organizar al menos dos foros de discusión en medios electrónicos, donde prevalecerá la equidad entre las participaciones a favor y en contra.

Las restricciones en la explicación de los consejeros

“Basta que haya una rueda de prensa refiriendo logros o propósitos de gobierno, para que la autoridad administrativa y la jurisdiccional consideren que se está desplegando propaganda gubernamental en el periodo prohibido para hacerlo”, dijo Ciro Murayama.

Los servidores públicos tampoco pueden difundir ni subir a sus redes sociales información relacionada con obras públicas y logros de gobierno, comentó Adriana Favela.

El presidente Andrés Manuel López Obrador no puede opinar ni informar sobre este ejercicio de democracia directa durante las conferencias “mañaneras” o en sus eventos públicos, criterio que ya fue ratificado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

“(AMLO) debe dedicarse a gobernar y cada órgano de gobierno hacer su función, pero sin hacer propaganda de sus logros, de su persona ni hacer manifestaciones que puedan influir en las preferencias tanto para la revocación de mandato, como para los procesos locales en marcha”, destacó el consejero Jaime Rivera.

Una tutela preventiva es una advertencia a la autoridad para que se abstenga de actos semejantes de difusión o de propaganda de un proceso que en las leyes no está permitido a los gobernantes, ni siquiera a los partidos políticos, según el último criterio aprobado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Lo que se puede hacer

La consejera Claudia Zavala comentó que la inauguración del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) se puede efectuar pero no se debe difundir en las páginas oficiales ni en las redes sociales del gobierno federal.

“La actividad institucional no se va a parar, ¡por supuesto que no! Todas las actividades se van a seguir llevando a cabo porque la ley no dice que se paren, pero lo que se debe de cuidar en estos medios de comunicación (oficiales) es que no se expongan los logros y programas de gobierno”, anotó.

Con ello se busca conservar la disposición constitucional de que la ciudadanía emita su opinión en la revocación de mandato de manera libre, autónoma y sin publicitar los logros de gobierno.

La prohibición constitucional y legal se refiere a la suspensión de la difusión de propaganda gubernamental".
Carlos Ferrer, secretario técnico de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE

Los funcionarios deben actuar de forma neutral y alejados de decisiones que pueden influir en la ciudadanía. “Hoy es momento de la ciudadanía y del silencio de los servidores públicos”, acotó Zavala Pérez.

Además, los medios de comunicación sí podrán informar de un hecho noticioso, “pero lo que no se puede es generar este espacio desde los tres niveles de gobiernos para que se haga la difusión de estos eventos”, expuso.

La consejera llamó a “distinguir la cobertura de lo que es en hecho noticioso que los medios realizan, pero lo que no se debe hacer en la compra de espacios para difundir el quehacer gubernamental”.

Sobre la inauguración del aeropuerto, el consejero Jaime Rivera resaltó que “sí puede y debe realizar los actos de gobierno que tiene programados que son parte de su obligación, de sus atribuciones, de sus obligaciones”.

“Lo que no puede hacer es convertirlo en propaganda, no se pueden usar recursos públicos para darle difusión como logros, a una actividad que podría hacerse de manera discreta y que es lo que debería hacerse, como ha ocurrido desde que existen estas disposiciones”, mencionó.

Su par Adriana Favela destacó que durante la “veda”, sí está permitido difundir acciones en materia educativa, de salud y de protección civil, en casos de emergencia.

Newsletter

Los hechos que a la sociedad mexicana nos interesan.

Publicidad

MGID recomienda

Publicidad