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INE podrá ordenar cancelación de propaganda de terceros sobre consulta popular

El INE ha señalado que ninguna persona física o moral puede contratar propaganda en radio y televisión para influir en la ciudadanía sobre la consulta popular sobre los actores políticos del pasado.
vie 16 julio 2021 01:55 PM
Consulta Popular
La promoción de la consulta popular en radio y televisión solo le corresponde al Instituto Nacional Electoral (INE).

El Instituto Nacional Electoral (INE) podrá ordenar la cancelación e iniciar un proceso de sanción respecto de cualquier propaganda que se difunda del 15 de julio al 1 de agosto, con el objetivo de dar a conocer la Consulta Popular que busca esclarecer decisiones tomadas en los años pasados por los actores políticos.

La Ley Federal de Consulta Popular establece que “ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de los ciudadanos sobre la consulta popular”.

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La ley, también deja claro que claro que “el Instituto ordenará la cancelación de cualquier propaganda e iniciará el proceso de sanción que corresponda”, pues la promoción de este ejercicio en radio y televisión durante el periodo en cuestión, corresponderá única y exclusivamente al INE.

El consejero electoral del INE, Ciro Murayama, comentó que los tres niveles de gobierno tendrán que cesar su propaganda gubernamental, para permitir que lo que esté en el centro de la atención de la opinión pública sea el tema de la consulta.

No engañar con la consulta

El consejero aclaró que si bien, los ciudadanos no tienen una restricción expresa para invitar a otros ciudadanos a ser parte de este ejercicio democrático, no deben dar informar sesgada amparándose en el derecho a la libertad de expresión.

El también presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE expuso en la sesión del 14 de julio que se alejan de la realidad las expresiones de quienes aseguran que la consulta es para enjuiciar a los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto.

“Las expresiones de distintos ciudadanos, algunos con responsabilidades políticas, en el sentido de que la consulta que está organizado el INE es para determinar si se enjuicia a expresidentes, no se apega a lo que la Corte determinó”, indicó.

“Me parece que quien quiere promover la participación ciudadana en estos ejercicios de democracia directa, también debería promoverlo con apego a lo que la Corte determinó, es decir, sin engañar”.
Ciro Murayama, consejero electoral.

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¿

Qué dice la Ley?

La Ley Federal de Consulta Popular establece en su Artículo 40 que: Durante la campaña de difusión, el Instituto promoverá la participación de los ciudadanos en la consulta popular a través de los tiempos en radio y televisión que corresponden a la autoridad electoral.

En tal sentido, la promoción deberá ser imparcial, por lo que de ninguna manera podrá estar dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía, a favor o en contra de la consulta popular.

El Artículo 41, indica que el INE promoverá la difusión y discusión informada de las consultas que hayan sido Convocadas por el Congreso de la Unión a través de los tiempos de radio y la televisión que correspondan al propio Instituto.

Durante los tres días naturales anteriores a la jornada y hasta el cierre oficial de las casillas queda prohibida la publicación o difusión de encuestas, total o parcial, que tenga por objeto dar a conocer las preferencias de los ciudadanos.

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Conteo rápido

El Instituto aprobó llevar a cabo el 1 de agosto un conteo rápido para difundir proyecciones de las tendencias de participación ciudadana, lo que permitirá contar con datos preliminares oportunos y objetivos la misma noche que se celebrará este ejercicio.

El consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, informó que con este ejercicio que brindará la posibilidad de que la misma noche del domingo 1º de agosto se den a conocer datos sobre las tendencias de participación y sobre el resultado de la pregunta que se hará a la ciudadanía.

“Se busca dar así el cumplimiento a los principios que rigen la función electoral y garantizar que la sociedad mexicana cuente con una fuente de información preliminar oficial”, aseveró.

A diferencia de las jornadas electorales ordinarias y extraordinarias, el marco normativo vigente no prevé la ejecución de un programa de resultados preliminares durante los ejercicios de consulta popular.

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Elecciones 2021

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