Publicidad

Síguenos en nuestras redes sociales:

Publicidad

¿En qué consiste la gratuidad en los servicios de salud? Estos son los detalles

El 1 de diciembre entró en vigor un acuerdo del gobierno que establece que la atención general en hospitales públicos y clínicas federales debe ser gratuita. Aquí lo exponemos.
mié 02 diciembre 2020 04:51 PM
servicios de salud
El acuerdo contempla a los Institutos Nacionales de Salud, los Hospitales Federales de Referencia, los Regionales de Alta Especialidad y las unidades adscritas a los Servicios de Atención Psiquiátrica.

Al inicio de su mandato en diciembre de 2018, el presidente Andrés Manuel López Obrador se comprometió a mejorar el sistema público de salud en un plazo de tres años. Para esto, con base en una reforma aprobada en 2019, este año se creó el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), y ahora se ha dado otro paso con la publicación de un acuerdo que establece la gratuidad en los servicios de salud.

El acuerdo fue publicado el 30 de noviembre por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial de la Federación (DOF) , para que a partir del 1 de diciembre se garantizara a la población el acceso gratuito tanto a los servicios de salud como a medicamentos.

Publicidad

El acuerdo señala que, a partir del 1 de diciembre, los hospitales y las clínicas de la Secretaría de Salud, así como los coordinados por esta dependencia en los estados, deben apegarse a criterios generales y a una metodología para la clasificación socioeconómica de los pacientes.

Es decir, se formaliza la desaparición de los niveles socioeconómicos que se establecían para que cada paciente diera cuotas de recuperación, según sus ingresos.

¿Quién puede acceder a estos servicios?

El acuerdo beneficia principalmente a la población sin seguridad social, que es más de 50% de la que tiene México, y que hasta ahora tenía que pagar cuotas de recuperación por atenderse en instituciones públicas.

La medida se aplica con base en la Constitución, que ordena la protección de la salud de todas las personas, así como en la Ley General de Salud en su artículo 77 Bis, que plantea que quienes no tienen acceso a la seguridad social tienen derecho a recibir de forma gratuita la prestación de servicios públicos, medicamentos y demás insumos asociados.

Con esto, los pacientes, sin importar su situación socioeconómica, están exentos de pagar cuotas de recuperación para acceder a los servicios generales de salud, mientras que en el caso de la atención de especialidad "se respetará el nivel socioeconómico asignado".

Para acceder a los servicios, el paciente, familiar, tutor o representante deberá presentar la hoja de referencia con el nivel socioeconómico asignado sellada por la unidad médica, y el carnet de citas de la institución de procedencia con registro de dicho nivel socioeconómico.

Publicidad

Entonces, ¿cuáles son los servicios gratuitos?

El acuerdo solo garantiza los relacionados por concepto de hospitalización, consulta, procedimientos médicos o estudios auxiliares de diagnóstico.

"Queda establecido que las y los pacientes sin seguridad social que obtengan una puntuación de cero a 100 en la evaluación socioeconómica quedan exentos del pago de servicios por concepto de hospitalización, consulta, procedimientos médicos o estudios auxiliares de diagnóstico", señaló la Secretaría de Salud .

¿Dónde se puede acceder a servicios de salud?

El acuerdo señala que la gratuidad se garantizará en los hospitales y las clínicas de la Secretaría de Salud, así como en sus coordinaciones en los estados, mas no en aquellos centros que dependen de los gobiernos estatales.

De acuerdo con la Secretaría de Salud, esto incluye a los llamados institutos nacionales de salud, como:

  • Hospital Infantil de México.
  • Instituto Nacional de Cardiología.
  • Instituto Nacional de Cancerología.
  • Instituto Nacional de Nutrición.
  • Instituto Nacional de Neurología.
  • Instituto Nacional de Pediatría.
  • Instituto Nacional de Perinatología.
  • Instituto Nacional de Psiquiatría.
  • Instituto Nacional de Salud Pública.
  • Instituto Nacional de Rehabilitación.
  • Instituto Nacional de Medicina Genómica.
  • Instituto Nacional de Geriatría.

Otros centros que tampoco deberán cobrar cuotas de recuperación son los Hospitales Regionales de Alta Especialidad de Bajío, Oaxaca, Península de Yucatán, Chiapas, Ciudad Victoria e Ixtapaluca.

La disposición también es efectiva para los Hospitales Federales de Referencia (como el Hospital General de México, el Hospital Juárez y el Hospital de la Mujer) y las unidades adscritas a los Servicios de Atención Psiquiátrica.

Publicidad

MGID Recomienda

Newsletter

Los hechos que a la sociedad mexicana nos interesan.

Publicidad

Publicidad